Nueva denuncia de la Comisión Europea a España por su regulación de la compensación por los daños y perjuicios por la legislación contraria al Derecho de la Unión

Nueva denuncia de la Comisión al Reino de España. Imagen de bandera europea

La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal de Justicia por sus normas sobre la compensación de los daños y perjuicios sufridos por particulares, pues estas disposiciones infringen los principios de efectividad y/o equivalencia. Estos principios limitan la autonomía procesal y sustantiva de los Estados miembros al establecer las condiciones de responsabilidad en caso de infracción del Derecho de la Unión.

En nota de prensa de 27 de noviembre de 2019, se publica la noticia de que la Comisión ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en relación con las normas españolas sobre compensación por los daños y perjuicios causados por el Estado al adoptar legislación contraria al Derecho de la Unión.

A raíz de las denuncias recibidas sobre determinadas disposiciones españolas que regulan la compensación por daños y perjuicios causados por actos legislativos contrarios al Derecho de la Unión, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción el 14 de junio de 2017, al considerar que estas disposiciones infringen los principios de efectividad y/o equivalencia. Estos principios limitan la autonomía procesal y sustantiva de los Estados miembros al establecer las condiciones de responsabilidad en caso de infracción del Derecho de la Unión.

Son varios los motivos que esgrime la Comisión en su planteamiento:

1.- la legislación española supedita la compensación a una serie de condiciones acumulativas: debe haber una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la que se declare que un acto legislativo español vulnera el Derecho de la Unión; la parte perjudicada debe haber obtenido, en cualquier caso, una sentencia firme por la que se desestime un recurso contra la decisión administrativa que causó el daño; y la parte perjudicada debe haber alegado la infracción del Derecho de la Unión durante dicho procedimiento de recurso.
Según la jurisprudencia consolidada, estas condiciones hacen excesivamente difícil la concesión de indemnizaciones por parte del Estado por infracciones del Derecho de la Unión y, por tanto, violan el principio de efectividad.
2.- las normas españolas establecen condiciones menos favorables en lo referente a la responsabilidad del Estado derivada de una infracción del Derecho de la Unión que en el caso de la responsabilidad fruto de infracciones de la Constitución Española, lo que supone la vulneración del principio de equivalencia.
En su respuesta a la carta de emplazamiento de la Comisión de 2017, las autoridades españolas consideraron que el sistema de responsabilidad del Estado era conforme con el Derecho de la Unión. Dado que esta respuesta no era satisfactoria, el 26 de enero de 2018 la Comisión emitió un dictamen motivado en el que reiteraba sus argumentos.

Las autoridades españolas respondieron el 26 de marzo y enviaron una respuesta complementaria el 21 de diciembre. Se produjeron más contactos e intercambios entre las autoridades españolas y la Comisión, pero hasta la fecha no se ha logrado ningún avance.

Fuente: Comisión Europea
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