La anulación del nombramiento del Administrador provoca la nulidad del acuerdo de derivación de la responsabilidad subsidiaria

La Audiencia Nacional estimó el recurso extraordinario de revisión interpuesto contra el acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria seguido a los Administradores de una sociedad, pues  posteriormente a que quedó firme la derivación de responsabilidad, un Juzgado en lo Mercantil declaró la nulidad de la Junta General de accionistas en la que se había nombrado a los Administradores.

En el presente caso, el acuerdo de derivación de responsabilidad se fundamentó en la condición de administrador de la recurrente, al tiempo de producirse la infracción, por haber sido miembro del Consejo de Administración de la empresa deudora. La parte actora alegó que se había falsificado su firma en el acta de la Junta General levantada y el Juzgado de lo Mercantil declaró la inexistencia de la Junta General Universal celebrada por la mercantil, ordenando la nulidad de las inscripciones hechas en el Registro Mercantil. La Sentencia del Juzgado de lo Mercantil pone de manifiesto el error cometido en el acuerdo de declaración de responsabilidad, pues éste se basó en la condición de administradora de la responsable en virtud de dicho nombramiento.

[SAN de 15 de julio de 2020, Rec. n.º 2/2018]