El TS estudiará si la Inspección está vinculada por la política de precios de transferencia del grupo empresarial al regularizar operaciones y no poderse realizar ajuste bilateral

El recurso de casación suscita como cuestión jurídica la de determinar si la Inspección tributaria está obligada a tener en consideración la política de precios de transferencia del grupo empresarial, en particular cuando se base en el método del margen neto del conjunto de operaciones (TNMM: Transactional Net Margin Method), a la hora de regularizar operaciones que afectan a sociedades del mismo grupo multinacional, cuando no sea posible realizar el pertinente ajuste bilateral, para proceder a una regularización íntegra de la situación del obligado tributario, que evite el enriquecimiento injusto de la Administración.

Esta cuestión presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia porque, de ser errónea la tesis de la Sala a quo -si la regularización no cuestiona la razonabilidad de los precios de transferencia, dicha política de precios de transferencia no tiene incidencia alguna-, si se consolida, produciría un grave daño a los intereses generales, pues podría servir de base para generalizar regularizaciones intrínsecamente tendentes a producir un enriquecimiento injusto de la Administración.

(Tribunal Supremo, 8 de enero de 2019, recurso n.º 6428/2018)