Corresponde al bróker la presentación del modelo 604 relativo al Impuesto sobre Transacciones financieras

Un contribuyente compra acciones en el mercado que son objeto del Impuesto sobre Transacciones Financieras. Para realizar estas operaciones cuenta con un bróker de nacionalidad holandesa que le carga un 0,2% al realizar dichas compras y que, según su propia publicidad, retiene y paga de forma automática el Impuesto sobre Transacciones Financieras.

La liquidación del Impuesto debe realizarse mediante la presentación del modelo 604, cuya gestión corresponderá a un depositario central de valores establecido en territorio español, en nombre y por cuenta de cada sujeto pasivo, o en defecto de este, por el propio sujeto pasivo.

En este sentido debe distinguirse la figura del contribuyente, el comprador de las acciones, de la del sujeto pasivo, el bróker holandés que, como empresa de servicios de inversión extranjera con autorización para la ejecución de órdenes por cuenta de clientes, actúa como sustituto del contribuyente, siendo a quien corresponde la presentación del modelo y liquidación del Impuesto.

(DGT, de 21-10-2021, V2563/2021)