IVA: Aprobación del modelo 368 de declaración periódica de los regímenes especiales TRE (Mini One-Stop Shop - MOSS)

Con entrada en vigor a partir del 19 de marzo de 2015 y de aplicación de aplicación por primera vez para la presentación de las declaraciones-liquidaciones cuyos períodos de liquidación se inicien a partir del 1 de enero de 2015, la Orden HAP/460/2015, de 10 de marzo (BOE de 18 de marzo), aprueba el modelo 368 de declaración-liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el Impuesto sobre el Valor Añadido (TRE) y determina las condiciones generales y el procedimiento para la presentación del mismo.

La presentación deberá efectuarse por vía electrónica, a través de la Sede electrónica de la AEAT, por los empresarios o profesionales acogidos a cualquiera de los regímenes especiales previstos en el capítulo XI del título IX de la LIVA, por cada trimestre natural, dentro del plazo de 20 días a partir del final del período al que se refiera la declaración e independientemente de que en el período de declaración hayan suministrado o no servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos.