El plazo aplicable a los procedimientos de gestión tributaria cuando la resolución primitiva ha sido anulada y procede el «segundo tiro»

La entrada en vigor del nuevo recurso de casación en materia contencioso-administrativa está suponiendo un claro impacto interpretativo en muchas materias que se deja sentir, más si cabe, en el ámbito tributario. Entre las diversas cuestiones que el Tribunal Supremo está resolviendo actualmente merece destacarse una cuestión de carácter procedimental referida al plazo del que dispone la Administración para, anulada una resolución dictada en un procedimiento de gestión tributaria, dictar una nueva resolución.

Eduardo Pflueger Tejero
Letrado de la Comunidad de Madrid

Descargar PDF