Sobre la posibilidad de sancionar por aplicación del artículo 191 de la LGT la regularización de una operación vinculada

Análisis de la STS de 15 de octubre de 2018, rec. núm. 4561/2017

La sentencia del Tribunal Supremo que analizamos examina la posibilidad de imponer sanciones por aplicación del artículo 191 de la Ley General Tributaria en el caso de una operación vinculada en la que el contribuyente no ha incumplido la obligación de documentación, ya que por ser el importe de las operaciones vinculadas inferior a 250.000 euros, estaba dispensado de dicha obligación, aunque lógicamente con tal dispensa, tampoco había elaborado tal documentación.

Javier Bas Soria
Doctor en Derecho.
Inspector de Hacienda del Estado
Profesor de CEF.- UDIMA

Sumario

1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico

3.1. Valoración de la operación
3.2. Sanciones y precios de transferencia
3.3. La sanción aplicada en el supuesto examinado en esta sentencia a la luz de los principios contenidos en las Directrices OCDE
3.4. La reforma operada en la materia por la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (LIS)

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 431 (febrero 2019)