La práctica y ejecución material de las invasiones domiciliarias al hilo de la realización de actuaciones inspectoras: examen de su régimen jurídico y de sus aspectos más controvertidos

En los últimos tiempos, viene constituyendo un proceder habitual en la Inspección de los tributos, a fin de realizar sus actuaciones, llevar a cabo intromisiones en el denominado domicilio constitucionalmente protegido. Ello suscita no pocos problemas, pues la ejecución material de aquellas debe efectuarse con pleno respeto a lo previsto en alguno de los títulos que las legitiman. El presente trabajo pretende analizar con detalle cada uno de dichos problemas, delimitando, a su vez, el régimen jurídico al cual se encuentra sometida la práctica efectiva de las referidas intromisiones domiciliarias.

Palabras claves: inspección tributaria y ejecución intromisiones domiciliarias.

Joaquín Álvarez Martínez
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Zaragoza

Sumario

1. Introducción
2. Acerca de los sujetos intervinientes al hilo de la invasión domiciliaria

2.1. Injerencia domiciliaria y órgano competente para llevarla a cabo
2.2. ¿Debe intervenir el secretario judicial en el registro domiciliario?
2.3. La presencia del obligado tributario en las actuaciones inspectoras desarrolladas en el domicilio

3. En torno a las actuaciones inspectoras a desarrollar
4. Sobre los lugares afectados por la intromisión domiciliaria y duración de la misma
5. Respecto de la diligencia en cuanto reflejo documental de la entrada y registro y la comunicación de su realización al juez autorizante
Bibliografía

PDF FilePuede adquirir este documento en la página web ceflegal.com

Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 375 (junio 2014)