Prescripción del derecho a obtener una devolución derivada de una resolución estimatoria de los Tribunales Económico-Administrativos

(Análisis de la SAN de 19 de diciembre de 2013, rec. núm. 54/2011)

La Audiencia Nacional dictó el 19 de diciembre de 2013 una sentencia que ha alcanzado una rápida notoriedad. El Tribunal diferencia entre devoluciones reconocidas en determinados procedimientos administrativos, como son las devoluciones de ingresos indebidos, y la ejecución de una devolución reconocida en resolución económico-administrativa o sentencia, a las que otorga una naturaleza distinta, concluyendo que la Ley General Tributaria no regula un plazo de prescripción para ellas, por lo que es aplicable el plazo de prescripción previsto para las acciones personales en el Código Civil.

El presente trabajo realiza un estudio detallado de dicha sentencia y un juicio crítico de la misma, para concluir que no se trata de un acto de naturaleza particular, como declara la Audiencia Nacional.

Palabras claves: prescripción, devolución, ingresos indebidos, devolución derivada de la normativa del tributo y ejecución de resoluciones.

Javier Bas Soria
Doctor en Derecho
Inspector de Hacienda del Estado

Sumario

1. Introducción
2. El marco jurídico

2.1. La prescripción de derechos derivados de la normativa tributaria
2.2. El derecho a obtener la devolución de ingresos indebidos
2.3. El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa del tributo
2.4. La ejecución de las resoluciones económico-administrativas

3. La Sentencia de la AN de 19 de diciembre de 2013

3.1. La Resolución del TEAC de 16 de marzo de 2006
3.2. La Resolución del TEAC de 27 de enero de 2011
3.3. La Sentencia de la AN de 19 de diciembre de 2013

4. Juicio crítico de la sentencia

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 374 (mayo 2014)