Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa y otras modificaciones tributarias

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa del día 30 de diciembre de 2015 se ha publicado la NORMA FORAL 8/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2016, en la que se incluyen diversas normas tributarias como son la actualización de los valores catastrales y de las tasas y exacciones parafiscales de la Hacienda Foral de Gipuzkoa  y de la tasa por la adquisición de cartones de bingo así como se fija en un 3,75 por ciento el interés de demora desde el 1 de enero de 2016.

Además se publicó en ese mismo Boletín de 30 de diciembre el DECRETO FORAL 88/2015, de 29 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2016 para la determinación en ambos Impuestos de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales. Además en esta norma se incorporan a la norma reglamentaria las modificaciones operadas en la norma foral del Impuesto correspondiente:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

  • Se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en el ejercicio 2016 para la determinación del importe de las ganancias y pérdidas patrimoniales
  • Se elimina la forma de prorratear el límite máximo anual de la exención de los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero
  • Se atribuye la obligación de retener o ingresar a cuenta respecto de operaciones realizadas en España por entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo que operen en régimen de libre prestación de servicios, y de operaciones realizadas por fondos de pensiones domiciliados en otro Estado de la Unión Europea que desarrollen planes de pensiones de empleo sujetos a la legislación española, a las propias entidades aseguradoras y a los propios fondos de pensiones o, en su caso, a sus entidades gestoras
  • Se deroga la compensación fiscal aplicable a los contratos de seguro individuales de vida o invalidez
  • Se ajusta la práctica de retenciones en el supuesto de acumulación de rendimientos del trabajo procedentes de un mismo pagador cuando sean de aplicación los límites aplicables sobre porcentajes de integración inferior al 100 por 100
  • Se introducen modificaciones en la exención de ayudas públicas prestadas por las Administraciones públicas territoriales.

Impuesto sobre Sociedades:

  • Se aprueban los coeficientes a aplicar en el ejercicio 2016 para determinar la depreciación monetaria deducible de la renta positiva obtenida en la transmisión de elementos patrimoniales del inmovilizado material, del intangible y de inversiones inmobiliarias.
  • Se adecua la regulación reglamentaria a la nueva regulación del régimen de consolidación, en virtud del cual pueden existir tanto grupos de estructura vertical como de estructura horizontal. La modificación más importante es, precisamente, modificar el término «dominante» por el de «representante».
  • Se incluye una modificación es similar a la del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en cuanto a los sujetos obligados a retener o ingresar a cuenta cuando la obligación surja con motivo de operaciones realizadas en España por entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo que operen en régimen de libre prestación de servicios.  

Finalmente, el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 31 de diciembre de 2015, se publicó el DECRETO FORAL-NORMA 3/2015, de 29 de diciembre, por la que se modifica el régimen aplicable a los activos fiscales por impuesto diferido, a los efectos de incorporar a nuestro ordenamiento las reglas exigidas por la Comisión Europea, entre las que destaca el establecimiento de una prestación patrimonial del 1,5 por 100 anual de los activos por impuesto diferido.

Estas normas complementan las medidas fiscales aprobadas en el Territorio Histórico de Gipuzkoa previstas en el DECRETO FORAL-NORMA 2/2015, de 20 de octubre, por el que se modifican el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 27 de octubre de 2015 y convalidado por la Resolución de 9 de diciembre de 2015, publicada en el BOG de 14 de diciembre de 2015 y en la NORMA FORAL 6/2015, de 23 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, publicada en el BOG de 24 de diciembre de 2015 y en la NORMA FORAL 7/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias, publicada en el BOG de 28 de diciembre de 2015.