Casación y procedimiento inspector. Seis relevantes cuestiones (tres pendientes y otras tantas resueltas)

La nueva regulación del recurso de casación permite al Tribunal Supremo pronunciarse sobre aspectos muy relevantes y conflictivos del procedimiento inspector. Algunos de ellos han sido ya resueltos, y otros, sin embargo, están todavía pendientes de fallo.

Palabras clave: procedimiento inspector; recurso de casación; Tribunal Supremo; Agencia Estatal de Administración Tributaria.

José Andrés Sánchez Pedroche
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)
Abogado

Sumario

1. Introducción
2. Los requerimientos previos de información no forman parte del procedimiento inspector, a los efectos del cómputo de su duración máxima, salvo en aquellos casos de fraude de ley en los que pudiera incurrir la Administración tributaria para burlar así los plazos legalmente establecidos
3. ¿Ocurre lo mismo en los procedimientos inspectores que dan lugar a una entrada domiciliaria sin previo aviso? ¿El cómputo de su plazo máximo ha de realizarse desde la comunicación formal de inicio del procedimiento con ocasión de dicha inmisión locativa o ha de entenderse iniciado con anterioridad?
4. Sobre el concepto de necesidad en las entradas domiciliarias inspectoras inaudita parte
5. ¿El grado de concreción de la información de la solicitud de autorización judicial vincula a la AEAT respecto de lo que puede o no obtenerse como material probatorio en las entradas domiciliarias sin previo aviso?
6. ¿Es posible el inicio de un nuevo procedimiento inspector sobre el mismo contribuyente cuando todavía no ha finalizado la inspección en curso para desarrollar actuaciones inquisitivas con igual alcance general y por idéntico concepto impositivo, aunque referidas a ejercicios distintos?
7. El principio de regularización íntegra en el procedimiento inspector

Referencias bibliográficas

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 444 (marzo 2020)