Nuevo gravamen sobre los beneficios de las SOCIMI: Proyecto de Orden

Socimi Gravamen Beneficios

El ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que aprueba el nuevo modelo 237 sobre el gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, también conocidas como SOCIMI.

La Ley 11/2021, de 9 de julio de prevención y lucha contra el fraude fiscal modifico la Ley 11/2009 reguladora de las SOCIMI, introduciendo un nuevo gravamen para estas sociedades respecto de la parte de los beneficios no distribuidos que proceda de rentas que no han tributado al tipo general del IS, ni estén acogidas al periodo legal de reinversión en inmuebles o participaciones afectas al objetivo de la sociedad en los términos que la propia Ley establece.

Este gravamen tendrá la consideración de cuota del IS y su presentación e ingreso se efectuará exclusivamente por vía electrónica en el plazo de 2 meses desde su devengo. Dicho devengo se producirá el día del acuerdo de aplicación del resultado al ejercicio por la junta general de accionistas u órgano equivalente.

Fuente: Ministerio de Hacienda (17/11/2021)