Publicado el Proyecto del modelo 430 de liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguros

proyecto nuevo modelo 430. Imagen del modelo 430

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que aprueba el modelo 430 del Impuesto sobre Primas de Seguros y que modifica los diseños registro de diversos modelos.

Con el objetivo de mejorar la calidad de la información fiscal, la Agencia estima necesario actualizar la normativa relativa al suministro de información derivado de determinadas obligaciones informativas.

Así, en primer lugar, la Orden aprobará el modelo 430 de liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguros y regula las condiciones y formas de presentación del mismo en consonancia con el modelo 480.

Por otro lado, se realizan diversas modificaciones en los diseños registros de numerosos modelos.

En primer lugar, con motivo de la extensión para los periodos 2022 y 2023 de la deducción prevista para los residentes en Ceuta y Melilla a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en La Palma, se hace necesario modificar los diseños registros de los resúmenes anuales contenidos en los modelos 180, 188, 193, 194 y 196 relativos respectivamente a retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles y a determinados rendimientos de capital mobiliario, permitiendo con tales modificaciones identificar a los contribuyentes y diferenciarlos del resto de residentes en Santa Cruz de Tenerife.

También se introducen novedades respecto a los contribuyentes por el Impuesto sobre Sociedades que sean conjuntamente sujetos pasivos para el Estado y las Diputaciones Forales del País Vasco y/o la Comunidad Foral de Navarra. En este sentido, se crea un nuevo campo en los modelos 193 y 296 para informar de manera diferenciada las retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra. Con esta medida se pretende reducir el número de requerimientos tanto a las entidades pagadoras como a los perceptores de rendimientos satisfechos por entidades que se vean afectados por la tributación conjunta en tales regímenes.

Cabe señalar igualmente las modificaciones incluidas en el modelo 165, que crea un nuevo campo para identificar a los declarantes que tengan la consideración de "Empresa emergente" para mejorar la aplicación de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.

En último término, podemos destacar también las modificaciones del modelo 198, que, entre otras, añade un nuevo campo para identificar los contratos por diferencias; del modelo 189 que actualiza las referencias en el "Código país" en relación a la información anual sobre valores, seguros y rentas; del modelo 184 sobre las entidades en régimen de atribución de rentas que incluye dos nuevos campos para informar del "Rendimiento neto previo de actividades económicas en estimación objetiva (excepto agrícolas, ganaderas y forestales)" y del "Rendimiento neto minorado de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva; y por último, la actualización habitual de los anexos I y II en la Orden HAP/1695/2016 que aprueba el modelo 289.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública (23/08/2023)