Proyecto de Real Decreto que modifica el RIRPF y el RGAT en materia de aportaciones a planes de pensiones

Modificación reglamentos previsión social. Manos de un anciano metiendo una moneda en un tarro de cristal medio lleno

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Real Decreto que modifica los Reglamentos del IRPF y el RGAT como consecuencia de los cambios introducidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 y la Ley 12/2022, de 30 de junio sobre planes de pensiones de empleo.

Las citadas leyes establecen una reducción en los limites aplicables a las aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social y por la equiparación del régimen fiscal de los productos paneuropeos de pensiones individuales (PEPP).

Concretamente, se modifica el artículo 51 del Rgto. IRPF, para adecuarlo a la nueva redacción dada a los artículos 51 y 52 de la Ley IRPF y a su disposición adicional 16ª, en virtud de los cuales se ha minorado el límite general a las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, y se ha ampliado el límite cuando las aportaciones provengan de la propia empresa.

El proyecto afirma que este sistema ha introducido cierta complejidad en los casos en los que no pudo aplicarse la reducción en su totalidad en un año anterior por insuficiencia de base imponible o por exceso del límite porcentual del artículo 52.1 de la Ley IRPF. Para solventarlo, la nueva redacción del artículo 51 Rgto. IRPF elimina la aplicación proporcional de los excesos y los sustituye por un límite máximo incrementado con independencia de la procedencia de las cantidades aportadas, entendiendo que en el año en que se hubiera abonado se respetaban las cuantías establecidas en la disposición adicional 16ª.

En el RGAT se modifica el artículo 53, relativo a la obligación de información sobre las aportaciones a sistemas de previsión social. Concretamente, la equiparación entre los productos paneuropeos de pensiones individuales regulados en el Reglamento (UE) 2019/1238, de 20 de junio, y, los constituidos en España, determina la aplicación de las normas del IRPF, incluyendo la aplicación de las reducciones en la base imponible antes mencionadas y las obligaciones a suministrar información acerca de las aportaciones para los promotores de PEPP sobre la identidad de los ahorradores y el importe de las aportaciones.

Fuente: Ministerio de Hacienda (01/09/2022)