Informe nº 3 de la Comisión Consultiva sobre conflicto en la aplicación de la norma: IVA Actividades exentas. Interposición artificiosa sociedad para deducción del IVA soportado

Conflicto nº 3.IVA. Interposición artificiosa sociedad para deducción del IVA soportado. Imagen del logo de al AEAT

La AEAT ha publicado en su página web el tercer supuesto en que se fija criterio administrativo sobre conflicto en la aplicación de la norma, cuya realización por parte del contribuyente dará lugar a las infracciones previstas en el artículo 206 bis de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre, introducido por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre.

La denominación de este informe será "Conflicto nº 3. Impuesto sobre el Valor Añadido. Actividades exentas. Interposición artificiosa sociedad para deducción del IVA soportado".

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Fuente: AEAT (17/09/2021)