¿Qué plazo tiene Hacienda para devolver el IRPF y por qué motivos se retrasan las devoluciones?

¿Qué plazo tiene Hacienda para devolver el IRPF y por qué motivos se retrasan las devoluciones?

Las devoluciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) están en el foco mediático, por la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a la Agencia Tributaria a la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad cobradas indebidamente desde el 2014. Sin embargo, estas devoluciones son algo extraordinario, siendo las devoluciones relativas a la declaración de la renta, presentada lo más tardar, el día 2 de julio, las que preocupan a un abanico más amplio de contribuyentes.

En el caso de las devoluciones por maternidad y paternidad, estas comenzarán a devolverse de inmediato, y según la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, esperan haber concluido esto proceso en el mes de abril del 2019.

Pero en lo relativo a las devoluciones de la declaración del IRPF, muchos contribuyentes se han pasado el verano mirando su cuenta corriente, para ver si recibían la transferencia de Hacienda, en el otoño no les ha caído ni un euro de las arcas públicas (lo único que se ha caído han sido las hojas de los árboles), ha llegado el frío, la nieve y llegará Papá Noel, y todavía no habrán recibido su devolución.

En relación con el ritmo de las devoluciones, los últimos datos disponibles son los de la nota de prensa del 2 de agosto emitida por la Agencia Tributaria, en la que indican que, con fecha 31 de julio de 2018, se habían devuelto 7.385 millones de euros a 11.779.000 contribuyentes, abonando así el 84,4 % de las devoluciones y el 73,8 % de los importes solicitados en la campaña del IRPF correspondiente a 2017. Estos datos son similares a los de la campaña de la renta del año anterior, por lo que algunos contribuyentes ya tendrán experiencia en recibir su devolución poco antes de expirar el plazo que tiene la Agencia Tributaria para realizar sus devoluciones.

Curso moográfico sobre el IRPF

¿Cuál es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para realizar la devolución del IRPF?

El plazo para la devolución del IRPF se recoge en el artículo 103 de la LIRPF, en donde se especifica que “cuando la suma de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados de este Impuesto, así como de las cuotas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes a que se refiere el párrafo d) del artículo 79 de esta Ley y, en su caso, de las deducciones previstas en el artículo 81 y 81 bis de esta Ley, sea superior al importe de la cuota resultante de la autoliquidación, la Administración tributaria practicará, si procede, liquidación provisional dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración".

En el caso de que la declaración hubiera sido presentada fuera de plazo, los seis meses a que se refiere el párrafo anterior se computarán desde la fecha de su presentación.

Es conveniente recordar que la devolución del IRPF no exime de futuras comprobaciones, ya que la Administración tributaria se reserva el derecho de practicar nuevas liquidaciones, provisionales o definitivas, si lo estima conveniente.

Por lo tanto, la Agencia Tributaria tiene como fecha tope el 2 de enero de 2019 para proceder a realizar las devoluciones del IRPF.

 

¿Qué sucede si la Agencia Tributaria no realiza la devolución del IRPF en el plazo establecido?

Si la liquidación provisional no se hubiera practicado en el plazo establecido, la Administración tributaria procederá a devolver de oficio el exceso sobre la cuota autoliquidada, sin perjuicio de la práctica de las liquidaciones provisionales o definitivas ulteriores que pudieran resultar procedentes. Además, si esta demora no es imputable al contribuyente, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora en la cuantía y forma prevista en los artículos 26.6 y 31 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El año pasado, la Agencia Tributaria devolvió el 96,9 % de las devoluciones y abonó el 93,2 % de los importes solicitados antes de finalizar el 2017, de manera que los que no recibieron la transferencia con su devolución tuvieron derecho a que Hacienda les pagase el interés de demora, que el año pasado, al igual que en el 2018, estaba en el 3,75 %.

¿Por qué Hacienda se retrasa en la realización de las devoluciones del IRPF?

Al cierre de la campaña de la renta del 2017, el 2 de julio, la Agencia Tributaria había devuelto más de 6.900 millones de euros a 11,1 millones de contribuyentes, lo que suponía casi el 80 % de las devoluciones solicitadas y más del 69 % de los importes. Es por ello que la mayor parte de las devoluciones se producen en este periodo, al corresponderse con las de los contribuyentes que confirman los datos de Renta WEB sin realizar modificaciones con respecto a los datos que tiene la Agencia Tributaria.

Sin embargo, es conveniente revisar bien los datos antes de confirmarlos, ya que si hay cualquier error, el responsable es el sujeto pasivo. En el caso de que se realicen modificaciones, se corrijan o añadan datos, como un cambio de domicilio, entonces la devolución se puede demorar al comprobar los datos Hacienda.

Otros motivos por los que se pueden demorar las devoluciones son:

  • Si la declaración de IRPF es objeto de comprobación y los datos tienen que ser contrastados con otras fuentes de información, como declaraciones de otros contribuyentes, entidades bancarias, etc.
  • Si existen diferencias significativas con respecto a declaraciones de otros años.
  • En el caso de que existan ingresos atípicos, como los relativos a viviendas de alquiler turístico, que la Agencia Tributaria tenga que contrastar.
  • En el caso de existir errores, como con los datos personales, cambios de domicilio no comunicados, errores en el traslado de los datos a la declaración, etc.
  • Si la cantidad a devolver es muy elevada.
  • Presentar la declaración al final del periodo de la campaña de la renta, ya que se pondrá a la cola de todas las presentadas con anterioridad.
Máster en Tributación/Asesoría Fiscal

¿Cómo consultar el estado de la devolución?

En la página web de la Agencia Tributaria es posible consultar el estado de la tramitación de la devolución del IRPF. Para ello el contribuyente debe identificarse de tres formas posibles:

  • Con certificado o DNI electrónico.
  • Con Cl@ve PIN (si está registrado en el sistema Cl@ve PIN).
  • Con su NIF y la referencia del borrador/declaración del ejercicio 2017, que consta de 6 caracteres.

Una vez identificado, debe acceder a su expediente a través de la opción "Servicios de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)", y entrar en el apartado "Estado de tramitación" donde se podrá consultar la situación del expediente, que puede ser:

  • Su declaración se está tramitando. Lo que indica que la declaración se ha recibido, pero todavía no ha terminado de tramitarse.
  • Su declaración está siendo comprobada. En este caso la declaración estará siendo revisada, lo cual puede ser un proceso rutinario o derivar en una comprobación más exhaustiva.
  • Su declaración ha sido tramitada por los órganos de gestión tributaria, estimándose conforme la devolución. En este caso ya estaremos cerca de que se proceda a realizar la devolución.
  • La devolución ha sido emitida, indicando la fecha de realización.

El CEF.- y la UDIMA, conscientes de la importancia que la declaración del IRPF tiene, tanto para el contribuyente como para los muchos profesionales que necesitan conocer todo lo relativo a esta figura tributaria, ofrecen a los interesados diferentes programas formativos, desde un Curso Monográfico sobre el IRPF hasta un Máster en Tributación/Asesoría Fiscal.

José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Director Administrativo y Financiero