Derogación de la prórroga de las medidas fiscales en IRPF, IS e IVA aprobadas en el RDLey 2/2026 que no ha sido convalidado en el Congreso de los Diputados

Derogación de la prórroga de las medidas fiscales en IRPF, IS e IVA aprobadas en el RDLey 2/2026 que no ha sido convalidado en el Congreso de Diputados. Imagen de una mujer en su escritorio rompiendo u npapel

Al no haberse alcanzado el acuerdo necesario para su convalidación en el Congreso de los Diputados queda derogado el Real Decreto Ley 2/2026 que prorrogaba medidas fiscales que se habían adoptado por las sucesivas crisis de los últimos años.

El 28 de febrero de 2026, se ha publicado en el BOE la Resolución de 26 de febrero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.

Las medidas en materia tributaria contenidas en esta norma que quedan derogadas son las siguientes:

  • En IRPF, se mantenía la aplicación del método de estimación objetiva para pequeños autónomos mediante la prórroga de los límites cuantitativos vigentes, así como la validez de determinadas renuncias y revocaciones presentadas en diciembre de 2025. Asimismo, se ampliaba hasta el 31 de diciembre de 2026 la deducción por adquisición de vehículos eléctricos y por la instalación de puntos de recarga, y se extendía el plazo para aplicar las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, con vigencias que alcanzan, según los casos, hasta 2026 o 2027. También se mantenía el porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias en el 1,1 % con carácter general y el 2 % en supuestos residuales, y se declaraban exentas determinadas ayudas públicas concedidas por daños personales derivados de incendios forestales, fenómenos meteorológicos adversos y otras situaciones de emergencia.
  • En IS, se prorrogaban incentivos fiscales vinculados a la transición energética, como las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos, la inversión en infraestructuras de recarga y la libertad de amortización para instalaciones destinadas al autoconsumo con energías renovables, permitiendo anticipar fiscalmente la deducción de las inversiones.
  • En IVA, se mantenían los límites del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, con el fin de evitar que pequeños empresarios queden excluidos de estos regímenes. Además, se introducían medidas en el sector de los hidrocarburos para reforzar el control tributario mediante la modificación del umbral exigido para la condición de operador confiable, y se establecían mecanismos extraordinarios que permitían durante 2026 renunciar a determinadas obligaciones formales, como la llevanza electrónica de los libros registro del IVA o la permanencia en el registro de devolución mensual, con el objetivo de facilitar la adaptación de los contribuyentes a los cambios recientes en la gestión electrónica del impuesto.

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