La AEAT informa sobre la reanudación de plazos administrativos, de prescripción y caducidad

Reanudación de plazos administrativos, de prescripción y de caducidad. Logo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria

El artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/ 2020, establece que, con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Por su parte el artículo 10 establece que,  con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones.

Fuente: AEAT (04/06/2020)