El derecho tributario frente al interés casacional objetivo

La nueva configuración del recurso de casación en el orden contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) dada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, ha supuesto un auténtico giro copernicano en la configuración de la jurisprudencia en dicha jurisdicción en lo que se refiere a la supresión de los tradicionales motivos tasados de casación y su sustitución por la noción del «interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia». Va a ser este concepto, denominado la «piedra angular» del recurso por la propia Sala Tercera, en torno al cual se ha de construir una jurisprudencia sobre un ámbito tan amplio y diverso como el derecho administrativo, en el que se incluye el derecho tributario como una parcela del ordenamiento jurídico esencial para el funcionamiento del Estado y que afecta a la práctica totalidad de los ciudadanos en su condición de contribuyentes.
El objetivo de este trabajo es revisar cómo ha operado el interés casacional objetivo en la admisión de recursos de casación en materia tributaria, con el fin de conocer las posibilidades que el actual sistema ofrece y definir el criterio de la Sección de Admisión de la Sala Tercera del TS en los últimos años.

Palabras clave: recurso de casación; derecho tributario; Tribunal Supremo.

Álvaro González Arias
Senior International Tax and Transactions Services en EY Abogados
Doctorando en Derecho

Este trabajo ha sido finalista del Premio «Estudios Financieros» 2021 en la modalidad de Tributación.

El jurado ha estado compuesto por: don Agustín Fernández Pérez, don Ubaldo González de Frutos, doña María Luisa González-Cuéllar Serrano, don José Andrés Rozas y don Félix Alberto Vega Borrego.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

Sumario

Introducción
1. El recurso de casación contencioso-administrativo tras la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio
2. La función del recurso de casación y la jurisprudencia en el ámbito tributario
3. Objeto del estudio y metodología de análisis
4. La configuración del interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia (art. 88 LJCA)

4.1. Indicadores de interés casacional objetivo (art. 88.2 LJCA)

4.1.1. Resoluciones contradictoras ante cuestiones sustancialmente iguales
4.1.2. Doctrina gravemente dañosa para los intereses generales
4.1.3. Afectación a un gran número de situaciones
4.1.4. Derecho de la Unión Europea

4.2. Presunciones del interés casacional objetivo (art. 88.3 LJCA)

4.2.1. Inexistencia de jurisprudencia

5. Conclusión

Referencias bibliográficas
Bibliografía

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 466 (enero 2022)