Recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto Foral sobre nuevos impuestos en Bizkaia

Recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto Foral sobre nuevos impuestos en Bizkaia

El pasado 31 de mayo de 2013 el Consejo de Ministros aprobó un Acuerdo por el que se solicitaba del Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto Foral Normativo 2/2013, de 26 de febrero, del Territorio Histórico de Bizkaia, por el que se determina la aplicación de nuevos impuestos en el Territorio Histórico de Bizkaia.

El Decreto Foral determina la aplicación en dicho territorio de ciertos impuestos estatales de reciente creación, como es el caso del Impuesto sobre el juego on-line, el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica y el Impuesto sobre depósitos en entidades de crédito, atribuyendo en consecuencia su gestión y recaudación a la Diputación Foral, sin haber sido concertados a través del procedimiento previsto en la Ley del Concierto Económico.

El Gobierno considera que para que la aplicación por la Diputación Foral de Bizkaia resulte legítima es precisa su previa concertación con el Estado y la modificación del Concierto Económico en el que se regulan las relaciones tributarias.

Por tanto, mientras no tenga lugar una modificación del Concierto Económico, acordada entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco, estos tributos tienen la naturaleza de impuestos estatales no concertados, siendo aplicables en todo el territorio nacional, incluido País Vasco, en los términos que establecen sus respectivas leyes reguladoras y corresponde su aplicación en toda España a la Administración del Estado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En cualquier caso, el Gobierno manifiesta su disposición a concertar dentro del procedimiento de la Ley del Concierto Económico y así se le ha comunicado por escrito al Gobierno Vasco, los términos de la aplicación de los citados impuestos de acuerdo con los principios de lealtad y colaboración que presiden las relaciones entre ambas instituciones.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas