Los recursos ordinario y extraordinario de alzada para unificación de doctrina en el ámbito económico-administrativo

El presente trabajo tiene por objeto analizar la trascendencia que adquieren los recursos ordinario y extraordinario de alzada para unificación de doctrina en el ámbito económico-administrativo. A tal efecto se toma en consideración la regulación recogida en la actualidad en la Ley 34/2015 y en su posterior desarrollo reglamentario articulado a través del Real Decreto 1073/2017 que, entre otras novedades, y en relación con el recurso de alzada ordinario permite, a través de la nueva redacción otorgada al apartado tercero del artículo 241 de la citada ley, que la Administración tributaria solicite la suspensión de la resolución dictada en primera instancia cuando existan indicios de que el cobro de la deuda pueda verse frustrado o gravemente dificultado.

Palabras clave: procedimiento económico-administrativo; Tribunal Económico-Administrativo Regional; Tribunal Económico-Administrativo Central; recurso de alzada ordinario; recursos extraordinarios de alzada para unificación de criterio y para unificación de doctrina; Ley 34/2015; Real Decreto 1073/2017.

Juan Calvo Vérgez
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Extremadura

Sumario

1. Consideraciones generales
2. El recurso de alzada ordinario
3. Los recursos extraordinarios de alzada para la unificación de criterio y para la unificación de doctrina
4. Alcance de las novedades introducidas por la Ley 34/2015, de reforma de la LGT, y por el Real Decreto 1073/2017, de 29 de diciembre

Referencias bibliográficas

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 442 (enero 2020)