Reducción en el método de estimación objetiva del IRPF para 2011 de determinados índices para actividades agrícolas y ganaderas

La Orden HAP/848/2012, de 26 de abril, reduce para el período impositivo 2011 los índices de rendimiento neto y el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Estas reducciones han venido motivadas por un Informe emitido por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, donde pone de manifiesto que durante 2011 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En base a ello se ha procedido, en primer lugar, a reducir para el mencionado año los índices de rendimiento neto aplicables en 2011 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas (las reducciones se engloban en un anexo, en el cual las mismas se agrupan por Comunidades Autónomas, Provincias, ámbitos territoriales y actividades).

En segundo lugar, como consecuencia del elevado impacto que ha tenido el incremento del precio de los piensos durante el citado período impositivo, así como la falta de pastos derivada de una situación de sequía meteorológica, se reduce, para dicho ejercicio, el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicable a las actividades ganaderas, quedando fijado en el 0,65.