Las mejoras en la fiscalidad de los acuerdos de refinanciación introducidas por el Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo

El recientemente aprobado Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, ha entrado en vigor con el objetivo de mejorar el marco legal de los acuerdos de refinanciación a los que puedan llegar las entidades en dificultades económico-financieras con sus acreedores. Pues bien, entre las modificaciones llevadas a cabo por dicha norma nos hemos centrado aquí en el análisis de las novedades que, desde el punto de vista tributario, se han producido sobre las principales operaciones en las que suelen concretarse dichos acuerdos de refinanciación, esto es, operaciones de capitalización de deudas y acuerdos de quitas y/o esperas.

Palabras claves: refinanciación, reestructuración de deudas, capitalización, quitas y aplazamientos de pago.

Pilar Álvarez Barbeito
Profesora Titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de A Coruña

Sumario

I. Consideraciones introductorias
II. Modificaciones relativas al Impuesto sobre Sociedades

A. Cambios en la tributación de las operaciones de capitalización de deudas
B. Cambios en el tratamiento fiscal de los acuerdos de quitas y/o esperas

III. Modificaciones en el tr de la Ley del ITP y AJD

PDF FilePuede adquirir este documento en la página web ceflegal.com

Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 374 (mayo 2014)