Reflexiones sobre la calificación civil y la tributación de las instalaciones solares fotovoltaicas y aerogeneradores...

Reflexiones sobre la calificación civil y la tributación de las instalaciones solares fotovoltaicas y aerogeneradores en los impuestos sobre el tráfico de bienes

La creciente importancia que están adquiriendo los modos de generación ecológica de energía eléctrica, y más concretamente la derivada de las fuentes solares y eólicas, motivaron la elaboración de este artículo que se centra en la calificación de la naturaleza mobiliaria o inmobiliaria de los aerogeneradores y de las células fotovoltaicas y de su inscripción registral, la tributación por los Impuestos sobre el Valor Añadido y de las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y de Actos Jurídicos Documentados, y una breve reflexión acerca de la posibilidad de crear una exacción fiscal por la obtención de dicha energía motivada por los efectos precisamente medioambientales que provoca la instalación de un parque eólico o solar.

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Sumario

1. Introducción.

2. Naturaleza.

2.1. Bienes muebles o inmuebles.
2.2. Tipo de bien inmueble.
2.3. Formalización del contrato e inscripción registral.

3. La tributación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre el Valor Añadido.

3.1. Introducción.
3.2. Constitución y transmisión de las instalaciones eólicas o solares.
3.3. Venta de la electricidad producida y autoconsumo.

4. Una posible regulación impositiva.

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