Reguladas las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

Reguladas las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Desde la aprobación del Real Decreto del 31 de julio de 1998, que regulaba el régimen vigente de tasas de la CNMV, se han producido profundos cambios que afectan a la actividad de la Comisión. Con la reforma hoy aprobada se pretende revisar el esquema de tasas para adecuarlo a la estructura y características actuales de los mercados, y a las propias labores de supervisión que la CNMV tiene que atender.

La reforma supone la revisión a la baja de determinadas tasas para equipararlas con los países del entorno. Además, incorpora cambios en los hechos o en las bases imponibles de las tarifas para adecuar el sistema a la realidad de los mercados e introduce mejoras en la gestión.

Objetivos de la reforma

La revisión persigue un triple objetivo:

1.- Garantizar la suficiencia financiera de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con pleno respeto al principio de equivalencia: repercutir de forma correcta los costes de la supervisión sobre los distintos agentes.

2.- Evitar que las tasas puedan actuar como un elemento negativo en el desarrollo de nuestro mercado de capitales, potenciando su diversificación y buscando su alineamiento con el entorno.

  • Con el sistema actual, gran parte de los ingresos dependen de unas tasas concretas. En concreto, de la tasa de supervisión de los participantes en el antiguo Servicio de Compensación y Liquidación, hoy IBERCLEAR (48 por 100 del total de la recaudación por tasas de la CNMV en 2013). El importe de esta tasa gira sobre el saldo de valores de renta fija y renta variable que mantienen las entidades. La reforma busca subsanar la excesiva concentración de ingresos en esta tasa de supervisión de los participantes en la sociedad de sistemas, porque encarece las tareas de custodia de valores en los mercados españoles y puede penalizar indirectamente la actividad de emisión y admisión de valores en España. Por ello, se propone una rebaja sustancial de esta tasa.
  • La reforma acomoda los hechos imponibles, las tarifas o las bases imponibles de determinadas tasas a los costes efectivos del servicio, sin perder de vista su adecuación a la práctica de otras jurisdicciones. Se reformulan las actuales tasas que recaen sobre las entidades y productos de inversión, agrupándolas en dos grandes categorías: Las que giran sobre las actividades de autorización de entidades y la inscripción en los registros; y las que giran sobre actividades de supervisión de entidades e instituciones. Se incorporan las entidades de capital riesgo y sus gestoras, que no resultan gravadas en la situación actual.
  • El Proyecto establece nuevas tasas sobre aquellos sujetos pasivos o actividades que han surgido o que el vigente sistema no contempla con la suficiente precisión. En particular, por actividades de la CNMV que tienen que ver con la supervisión de entidades y actividades: tasa por supervisión de las normas de conducta, tasa por supervisión de los depositarios de instituciones de inversión colectiva o tasa por la supervisión permanente que realiza el Departamento de Informes Financieros y Corporativos de los informes que periódicamente deben enviar las sociedades cotizadas y otros emisores.

3.- Incorporar mejoras en la gestión, que beneficiarán, tanto a los sujetos pasivos de la tasa, como a la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores al reducirse los costes y cargas vinculados a los procedimientos de liquidación y recaudación.

El diseño de las tasas favorece que la CNMV pueda realizar la liquidación con base en información disponible, sin necesidad de recurrir a requerimientos adicionales de información para estos fines.

Para las tasas de devengo periódico, la periodicidad pasa de trimestral a semestral e, incluso, en algún caso a anual.

Fuente: Moncloa