Rendimientos del trabajo en especie y retribución de los administradores

En este artículo se tratan dos temas que presentan importantes novedades en el ámbito fiscal:

  • Rendimientos del trabajo en especie. Las retribuciones en especie presentan ventajas fiscales comparadas con las retribuciones dinerarias. Por ello, la DGT intenta reconducir las rentas calificadas como retribuciones en especie a retribuciones dinerarias.
  • Retribución de los administradores. Es difícil determinar la remuneración de los mismos.

El Curso de Perfeccionamiento y Actualización Tributaria que se imparte en el CEF ha dedicado una de sus ponencias al estudio de los dos temas planteados.

El presente artículo es un resumen de la conferencia que tuvo lugar el día 18 de febrero de 2010.

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Sumario

1. Rendimientos del trabajo: retribución de los administradores.

1.1. Consideraciones generales.1.2. Servicios profesionales, ¿RT o RAE?, y en concreto, ¿cómo deben calificarse los rendimientos obtenidos por los socios profesionales que prestan con carácter exclusivo sus servicios a una única sociedad?
1.3. Administradores y dietas (Consulta N.º V0015/2000).

2. Retribuciones en especie.

2.1. Consideraciones generales.
2.2. ¿RT en especie o simple mediación de pago?
2.3. ¿Cuál es el objetivo perseguido por la Administración tributaria?
2.4. ¿Retribución dineraria en especie? Aspectos a tener en cuenta.
2.5. Estatuto de los Trabajadores y salario en especie.
2.6. Caso conflictivo. Delimitación como rendimiento en especie de un vehículo de empresa. ¿Utilización o facultad de disposición?
2.7. Valoración de los RT en especie.
2.8. ¿Existe obligación de efectuar ingreso a cuenta sobre las retribuciones en especie del trabajo?

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