Publicado el Plan Anual de Control Tributario 2015

En virtud del mandato establecido en el artículo 116 de la Ley General Tributaria de elaborar anualmente un Plan de control tributario, se ha publicado la Resolución de 9 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 11 de marzo), donde se publican las directrices generales del citado Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2015, articulándose el mismo, como en años anteriores, en torno a tres grandes ámbitos:

  • Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero.
  • Control del fraude en fase recaudatoria
  • Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

A continuación vamos a exponer un breve resumen de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2015, si bien muchas de ellas son continuistas de las emprendidas en años anteriores, como por ejemplo:

  • Reforzamiento de las actuaciones de prevención y control consistentes en la obtención de información que permitan la detección precoz de actividades ocultas y potenciación de las actuaciones presenciales en aquellos sectores en los que se aprecie una especial percepción social sobre la existencia de elevados niveles de economía sumergida.
  • Desarrollo de actuaciones de instrucción y resolución de acuerdos previos de valoración de operaciones entre personas y entidades vinculadas, que puedan ser solicitados por los contribuyentes y admitidos por la Administración, como instrumento de prevención del fraude, aumento de la seguridad jurídica y reducción de litigiosidad futura.
  • Las actividades profesionales continuarán siendo objeto  de especial seguimiento, y el análisis y selección de contribuyentes a partir de signos externos de riqueza en los supuestos en que dichos signos no son acordes con su historial de declaraciones de renta y patrimonio y se examinará también la aplicación de la limitación de pagos en efectivo.
  • Control en las tramas de fraude del IVA en operaciones intracomunitarias, junto con el control sobre los depósitos fiscales y depósitos distintos de los aduaneros para evitar la utilización de estos regímenes con fines de elusión fiscal.
  • Intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información censal obtenida por las Administraciones tributarias autonómicas y estatal.  La Agencia Tributaria proporcionará a las Administraciones tributarias autonómicas acceso a la información sobre los impuestos cedidos que sea necesaria para su adecuada gestión tributaria.
  • Control global de deducciones sobre el tramo autonómico del IRPF aprobadas por las diferentes CCAA, utilizando la información remitida por éstas en materia de discapacidad y familia numerosa;  del cumplimiento de los requisitos para disfrutar de determinados beneficios fiscales en el ISD -mediante la comprobación de la principal fuente de renta-  y del cumplimiento de los requisitos para la aplicación del régimen fiscal de las cooperativas.
  • Control de operaciones inmobiliarias significativas al objeto de determinar su tributación por IVA o, alternativamente, por ITP y AJD, en su modalidad de transmisiones patrimoniales.
  • Control sobre la utilización improcedente de sociedades que canalicen rentas de personas físicas con el único objeto de reducir la tributación de la persona física por la diferencia de tipos o que incorporen gastos personales no relacionados con la actividad.

Sin embargo, resultan novedosas para este ejercicio 2015 las siguientes medidas y actuaciones a acometer por parte de la Agencia Tributaria -que se adaptan a las variaciones de la situación socioeconómica, que contemplan el auge de nuevos sectores de actividad o modalidades de negocio, el desarrollo de nuevas tecnologías así como los cambios normativos o las propias modificaciones del comportamiento de los obligados tributarios-:

  • Para garantizar una mayor efectividad de la acción inspectora, se planificarán actuaciones selectivas coordinadas a nivel nacional para combatir actividades fraudulentas relacionadas con el software de doble uso que se complementarán con acciones tendentes a realizar comprobaciones inspectoras convencionales y a efectuar verificaciones formales en determinados sectores, contribuyendo así a la creación de conciencia entre los obligados de la necesidad de desechar esas prácticas. Estas actuaciones se realizarán especialmente en sectores económicos que realizan ventas directas a consumidores finales, por las mayores dificultades de contraste que tradicionalmente han tenido estas actividades.
  • Actuaciones de investigación sobre patrimonios deslocalizados, a través de la investigación de patrimonios en el exterior, explotando para ello la información suministrada por los diferentes países y jurisdicciones y la información derivada del Plan Nacional de Captación de Información sobre el consumo realizado con tarjetas de crédito/débito emitidas con cargo a cuentas abiertas en el exterior de entidades financieras no residentes. Asimismo, se investigarán a contribuyentes que no hubieran presentado el modelo 720 y que existan indicios de que están ocultando bienes y a aquellos que habiendo presentado el modelo existan indicios  que pongan de manifiesto  la falta de consistencia de los bienes y derechos incluidos en la referida declaración.
  • Control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en la actividad económica, captando para ello indicios de éxito de las páginas de comercio electrónico y utilizando técnicas de análisis de las redes sociales.

Por último, adjuntamos un PDF de la nota de Prensa que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado en el día de hoy (11-03-2015) en su página web en relación con este tema.