Algunas reflexiones sobre la responsabilidad solidaria del artículo 42.2 a) de la Ley General Tributaria

Este trabajo aborda algunas cuestiones controvertidas que plantea la práctica administrativa aplicativa del supuesto especial de responsabilidad solidaria que contempla el artículo 42.2 a) de la Ley General Tributaria. Esta norma regula la responsabilidad solidaria de los que sean causantes o colaboren en la ocultación o transmisión de bienes y derechos que impidan la actuación de la Administración. El autor sostiene la tesis de que este precepto legal se refiere exclusivamente a la distracción de bienes que impiden la acción ejecutiva de la Administración tributaria, y acota su ámbito natural al procedimiento de recaudación ejecutiva. También reflexiona sobre la prescripción y la nula interferencia del proceso concursal en su consumación.

Palabras clave: responsabilidad tributaria; responsable solidario; concurso; prescripción.

Jorge de Juan Casadevall
Abogado del Estado (exc.)
Doctor en Derecho
Socio de Crowe

Sumario

1. Introito: la problemática aplicación administrativa del artículo 42.2 a) de la Ley General Tributaria (LGT)
2. Naturaleza jurídica, sentido y alcance del artículo 42.2 a) de la LGT
3. Sobre la prescripción del acto administrativo de declaración de la responsabilidad solidaria del artículo 42.2 a) de la LGT

3.1. Determinación del dies a quo del cómputo del plazo prescriptivo
3.2. Posibilidad legal de derivar la responsabilidad solidaria durante el concurso de acreedores
3.3. Concurso de acreedores e interrupción de la prescripción del responsable no concursado

Referencias bibliográficas

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 451 (octubre 2020)