La saga sobre la amortización del fondo de comercio financiero español ha llegado a su «fin». El Tribunal General de la Unión Europea confirma su carácter selectivo

Análisis de las SSTGUE de 15 de noviembre de 2018, asuntos T-399/11 RENV y T-219/10 RENV

El pasado 15 de noviembre de 2018, el Tribunal General de la Unión Europea se ha pronunciado sobre los asuntos T-399/11 RENV y T-219/10 RENV, relativos a la consideración como ayuda de Estado de la amortización del fondo de comercio financiero derivado de adquisiciones de sociedades extranjeras prevista en el artículo 12.5 de nuestro antiguo TRLIS. Con su pronunciamiento, el tribunal, al resolver la devolución del asunto que le giró el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2016, ha ratificado el carácter selectivo de la medida, confirmando las decisiones de la Comisión Europea en las que se declaraba que la misma constituía una ayuda de Estado contraria al derecho de la Unión Europea.

María del Carmen Cámara Barroso
Doctora en Derecho
Profesora de Derecho Financiero y Tributario. CEF.- UDIMA

Sumario

1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal

2.1. Falta de selectividad de la medida controvertida
2.2. Incorrecta identificación de los beneficiarios de la medida controvertida
2.3. Violación del principio de confianza legítima

3. Comentario crítico

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 432 (marzo 2019)