Una factura sin todos los requisitos no puede impedir la deducción del IVA soportado (TSJ Baleares 25-10-2006)

Según este tribunal, no cabe limitar la deducción de las cuotas correspondientes a unas facturas en las que no consta el NIF o el nombre del destinatario, ya que no existe duda sobre tales datos, siendo subsanable la deficiencia. Si faltasen conjuntamente la identificación de la empresa y el CIF, o las deficiencias fuesen de otra entidad no podría admitirse la deducción, ya que en caso contrario se facilitaría el cauce para el fraude (deducción de la misma factura por varias emprseas) [Sentencia publicada en Normacef Fiscal, Internet, y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 288, Marzo 2007.