El TC admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad del inciso final del art. 150.7 LGT «y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la nueva liquidación» por su posible vulneración del art. 24 CE

Admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad n.º 1254-2025, en relación con el inciso final «y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la nueva liquidación» del párrafo segundo del art.150.7 LGT, por posible vulneración del art. 24.1 CE.
En el Boletín Oficial del Estado de hoy, 17 de junio de 2025, se ha publicado el anuncio de la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad n.º 1254-2025, en relación con el inciso final «y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la nueva liquidación» del párrafo segundo del art.150.7 LGT, por posible vulneración del art. 24.1 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de junio de 2025, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1254-2025, planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, en el procedimiento ordinario 1032-2023, en relación con el inciso final «y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la nueva liquidación» del párrafo segundo del art. 150.7 LGT, por posible vulneración del art. 24.1 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.