El TEAC anula una declaración de responsabilidad tributaria solidaria de un contribuyente por las deudas de una sociedad al haber sentencia absolutoria en el procedimiento penal

El TEAC anula una declaración de responsabilidad tributaria solidaria de un contribuyente por las deudas de una sociedad al haber sentencia absolutoria en el procedimiento penal. Imagen de un muñeco encarcelado frente a un mazo de juez

El Tribunal Económico-Administrativo Central sobre la responsabilidad solidaria de causantes o colaboradores en la realización de actos que dan lugar a una liquidación vinculada a delito.

El procedimiento se inicia con la interposición de un recurso de alzada por el Director del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria contra una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña. Dicha resolución había estimado la reclamación formulada frente al acuerdo de derivación de responsabilidad solidaria dictado por la Dependencia Regional de Recaudación, mediante el cual se declaraba a D. Axy responsable solidario, al amparo del art. 258 de la Ley General Tributaria, de las deudas tributarias pendientes de una sociedad, por un importe total de 446.394,43 euros.

El TEAR había anulado el acuerdo de derivación de responsabilidad al constatar que, en el procedimiento penal seguido contra el contribuyente por un presunto delito contra la Hacienda Pública, se había dictado un auto de sobreseimiento provisional. Conforme al art. 258.4 de la LGT, dicho sobreseimiento determinaba la anulación de la declaración de responsabilidad tributaria solidaria.

Frente a esta resolución estimatoria, el Director del Departamento de Recaudación interpuso recurso de alzada, alegando que el sobreseimiento penal no era definitivo, sino provisional, y que además había sido posteriormente recurrido por la Abogacía del Estado, lo que dio lugar a la reapertura del procedimiento penal y a la apertura del juicio oral, circunstancia que, a su juicio, impedía la anulación del acuerdo de responsabilidad.

Por su parte, el contribuyente aportó en fase de alegaciones complementarias una sentencia posterior del Juzgado de lo Penal que acordaba su absolución definitiva de los delitos de los que había sido acusado, reforzando así la improcedencia de mantener la derivación de responsabilidad tributaria.

El Tribunal Económico-Administrativo Central en la resolución RG 7300/2022, de 15 de octubre de 2025, declara su competencia para resolver el recurso y centra el objeto del mismo en determinar si resulta conforme a Derecho la anulación del acuerdo de derivación de responsabilidad solidaria acordada por el TEAR. A tal efecto, recuerda el contenido del art. 258 de la LGT, que vincula la subsistencia de la responsabilidad tributaria solidaria a la existencia de imputación o condena penal.

A la vista de la sentencia absolutoria firme dictada en el ámbito penal, el Tribunal concluye que concurre plenamente el supuesto previsto en el art. 258.4 de la LGT, que impone la anulación de la declaración de responsabilidad cuando se produce el sobreseimiento o la absolución del presunto responsable.

En consecuencia, el TEAC desestima el recurso de alzada interpuesto por la AEAT y confirma la resolución del TEAR, declarando improcedente la derivación de responsabilidad tributaria solidaria acordada contra D. Axy.