El tipo normal mínimo del IVA, fijado permanentemente por la UE en el 15%

El tipo normal mínimo del IVA, fijado permanentemente por la UE en el 15%

El 22 de junio de 2018, el Consejo de la UE ha adoptado una Directiva que hace del tipo normal mínimo del IVA del 15 % una característica permanente del nuevo sistema del IVA.

El tipo normal mínimo impide que se produzcan discrepancias excesivas entre los tipos del IVA de los Estados miembros. De este modo desaparece el riesgo de distorsiones de la competencia resultantes de tipos del IVA más bajos, que incidiría en las compras y el comercio transfronterizos.

El tipo normal mínimo del 15 % lleva manteniéndose con carácter provisional desde 1993, año en que se aplicaron por primera vez las normas del IVA para el mercado único de la UE. Fue prorrogado por última vez dos años, en mayo de 2016, con caducidad a 31 de diciembre de 2017.

Entretanto, siguen debatiéndose propuestas con objeto de sustituir las actuales disposiciones «transitorias» del IVA por un sistema del IVA definitivo y reformar los tipos del IVA. La Comisión formuló sendas propuestas en enero y mayo de 2018 respectivamente.

La Directiva ha sido adoptada en una sesión del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, sin debate.

Fuente: Consejo de la UE (25/06/2018)

Esta Directiva se ha pubicado en el DOUE de 27 de junio de 2018: