El Tribunal de Cuentas europeo señala deficiencias en el intercambio de información contra el fraude y recomienda a la Comisión crear un nuevo sistema que simplifique las denuncias y evalúe su impacto y los importes recuperados

El Tribunal de Cuentas europeo emite un informe en el que constata las insuficiencias del intercambio de información en la lucha contra el fraude y recomienda que la Comisión establezca un nuevo sistema para simplificar la tramitación de las denuncias analizando el impacto e importes recuperados, ya que la Comisión no supervisa plenamente ni los importes adeudados al presupuesto de la UE ni los importes realmente recuperados como resultado de investigaciones de fraude.
En el DOUE de hoy, 23 de diciembre de 2025 se ha publicado el Informe Especial 26/2025 relativo a los Organismos de la UE que luchan contra el fraude, ya que el intercambio de información y la supervisión de la Comisión siguen siendo insuficientes.
En este informe se evalúa la actuación de las instituciones clave que participan en la arquitectura de lucha contra el fraude de la UE, incluidas la Fiscalía Europea y la OLAF, y cómo cooperan en la investigación del fraude, y se constata que sigue habiendo insuficiencias en cuanto al intercambio de información que afectan al número y a los plazos de las investigaciones de la Fiscalía Europea y de la OLAF, así como al papel más amplio de la Comisión en la protección del presupuesto de la UE.
Recomendamos que la Comisión establezca un nuevo sistema para simplificar la tramitación de las denuncias e investigaciones de fraude; que analice las variaciones en el nivel de fraude notificado en toda la UE, y que mida el impacto de las investigaciones de fraude, incluidos los importes recuperados para el presupuesto de la UE.
En general, concluye que, si bien los mandatos de la OLAF, la Fiscalía Europea, Eurojust y Europol están claramente definidos, sigue habiendo insuficiencias en cuanto al intercambio de información y la supervisión administrativa de la Comisión. Los datos facilitados por los organismos muestran niveles variables de presunto fraude notificado, que no es objeto de análisis por la Comisión. Los requisitos de notificación del fraude pueden dar lugar a denuncias duplicadas, lo que aumenta la carga administrativa. El limitado intercambio de información afecta al número de investigaciones y otras medidas destinadas a proteger los intereses financieros de la UE. También constatamos que la Comisión no supervisa plenamente ni los importes adeudados al presupuesto de la UE ni los importes realmente recuperados como resultado de investigaciones de fraude. La Comisión no supervisa completamente los importes que afectan al presupuesto de la UE resultantes de investigaciones de fraude, pues se constata que los datos comunicados en materia de fraude muestran variaciones que no se analizan y los datos sobre los resultados de las investigaciones de la Fiscalía Europea y la OLAF no son comparables. Además, la Comisión carece de información completa sobre los importes que afectan al presupuesto de la UE resultantes de las resoluciones de los órganos jurisdiccionales nacionales.
Los mandatos de los organismos implicados en las investigaciones de fraude están claramente establecidos y no se solapan, sin embargo, los procedimientos de notificación y tramitación de las denuncias de fraude aumentan la carga administrativa y limitan la posibilidad de otras medidas de protección. El actual sistema dual de información exige tanto a la OLAF como a la Fiscalía Europea que evalúen todas las denuncias de fraude que reciban. No garantiza que la Fiscalía Europea reciba todas las denuncias con vistas a la evaluación de una posible actividad delictiva. También complica los procedimientos para transmitir las denuncias de la OLAF a la Fiscalía Europea y entraña el riesgo de que la OLAF abra investigaciones sin asegurarse de que la Fiscalía Europea no esté investigando los mismos hechos, pues el marco jurídico no permite a la Fiscalía Europea tener una visión de las denuncias desestimadas por la OLAF y el sistema actual de respuesta positiva/negativa retrasa la apertura de investigaciones, sin impedir que se abran investigaciones paralelas. El limitado intercambio de información de la Fiscalía Europea con la OLAF reduce la posibilidad de medidas administrativas complementarias para proteger el presupuesto de la UE y no todas las denuncias desestimadas se ponen en conocimiento de la OLAF, lo que puede limitar la posibilidad de adoptar medidas administrativas y la falta de información sobre el estado de las investigaciones en curso impide a la OLAF proponer investigaciones complementarias y por otro lado la falta de información sobre las investigaciones interrumpidas impide a la OLAF iniciar investigaciones administrativas
Se recomienda:
- Establecer un sistema de intercambio eficiente de información sobre denuncias e investigaciones de fraude
- Analizar las variaciones en los niveles de fraude notificados en la UE
- Mejorar la supervisión del seguimiento de las investigaciones de fraude




