El TS determina que cuando la Administración descubre operaciones ocultas no facturadas, el precio pactado incluye el IVA para fijar la base imponible

Análisis de la STS de 27 de septiembre de 2017, rec. núm. 194/2016

El TS en la Sentencia de 27 de septiembre de 2017 fija criterio en relación con la determinación de la base imponible del IVA cuando la Inspección de los Tributos descubre operaciones no declaradas por el sujeto pasivo, que había participado en operaciones de fraude o prácticas abusivas. La cuestión que se plantea es si en el precio fijado debe o no incluirse la cuota de IVA, considerando el TS que, a la vista de la Sentencia del TJUE de 7 de noviembre de 2013, asuntos acumulados C-249/12 y C-250/12, Tulicä y Plavoin, debe entenderse que el precio pactado entre las partes incluye el IVA.
En tanto que la liquidación recurrida era por el impuesto sobre sociedades, estima el TS que la anterior conclusión debe incidir en la determinación de la base imponible de este impuesto y, en su caso, en las sanciones que con base en el mismo se hayan impuesto.
En este comentario de la sentencia del TS se analizan estos criterios, teniendo en cuenta esencialmente la jurisprudencia del TJUE y la incidencia que las prácticas abusivas o fraudulentas tienen en el ejercicio de la facultad comprobadora de la Administración tributaria.

Antonio Longás Lafuente
Inspector de Hacienda del Estado

Sumario

I. Supuesto de hecho

1. Antecedentes de la sentencia comentada relativa al impuesto sobre sociedades
2. Antecedentes en relación con la regularización por el IVA

II. Doctrina del tribunal

1. Exposición de la fundamentación del TS
2. Voto particular a la sentencia de dos magistrados

III. Comentario crítico

1. La teoría de los «actos claros» o «actos aclarados»
2. Determinación de la base imponible: inclusión de la cuota en el precio. Doctrina del TJUE
3. Prácticas abusivas, fraude y teoría del conocimiento como causas excluyentes de posibles beneficios
4. Posibilidad o no de recuperar el impuesto posteriormente exigido por la administración
5. Incidencia de la interpretación del artículo 78.UNO de la LIVA en la determinación de la base imponible del IS
6. Tesis mantenida por la doctrina administrativa del teac y efectos de la sentencia del TS

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 421 (abril 2018)