Proyecto de orden de aprobación de normas de desarrollo relativas al procedimiento de ventas en ruta y avituallamiento

Se prevé la aprobación de normas de desarrollo relativas al procedimiento de ventas en ruta, avituallamiento a aeronaves, a embarcaciones y de gasóleo a embarcaciones contenidas, respectivamente, en los artículos 27, 101, 102 y 110 del reglamento de impuestos especiales

Se ha publicado en la página web de la Agencia Tributaria el texto del Proyecto de Orden HFP/ …../2018 de ………………, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en los artículos 27, 101, 102 y 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales, cuyos artículos han sido modificados por el Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre, si bien estos cambios son de aplicación a partir del 1 de enero de 2019.

En relación con el procedimiento de ventas en ruta (art. 27) se contienen en este proyecto de orden las instrucciones necesarias para la cumplimentación y transmisión a la AEAT del borrador del albarán de circulación, la aprobación de los Modelos de Notas de entrega a expedir por cada suministro con cargo al albarán de circulación, y las instrucciones para la cumplimentación de las notas de entrega y la comunicación a la AEAT, por vía electrónica, de la información contenida en las mismas, así como en los casos de indisponibilidad del sistema informático de la Agencia Estatal de Administración Tributaria las condiciones en las que se cumplimentará electrónicamente el albarán de circulación, con posterioridad al inicio de la circulación.

En relación con el avituallamiento a aeronaves (art. 101), se prevé la aprobación Modelo de comprobante de entrega a utilizar en avituallamientos a aeronaves a los que resulte aplicable la exención prevista en el artículo 51.2.a) de la Ley de Impuestos Especiales y de de cumplimentación del Modelo de Comprobante de entrega y las instrucciones para elaborar los mensajes electrónicos de comunicación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por vía electrónica, de la información contenida en los comprobantes de entrega así como los plazos para su presentación.

Por último, en cuanto al avituallamiento de gasóleo a embarcaciones (art. 110), se contiene en este proyecto de orden la aprobación del Modelo de recibo de entrega a utilizar en avituallamientos a embarcaciones que generen el derecho a la devolución del impuesto y las instrucciones de cumplimentación de este modelo, así como la aprobación de los medios, el procedimiento y los plazos de presentación, por vía telemática, de la solicitud de devolución por avituallamientos a embarcaciones con derecho a la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos devengado conforme a lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales, así como las instrucciones para elaborar los mensajes electrónicos de comunicación a la AEAT de los datos objeto de la solicitud.

Fuente: AEAT (10-05-2018)

En la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública se ha publicado, el 30 de mayo de 2018, el texto del Proyecto de Orden para los trámites de audiencia e información pública

Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública (01/06/2018)