Cuál es el valor de adquisición de las viviendas "leasehold" a efectos del cálculo de amortización en los rendimientos del capital inmobiliario

En Reino Unido existen dos tipos de propiedades: freehold y leasehold. El tipo freehold supone tener la plena propiedad de la vivienda, sin tener ninguna limitación en el futuro ni a la hora de vender. Las especialidades se encuentran en las viviendas leasehold, que suelen ser muy comunes. Al comprar una vivienda de este tipo, se compra realmente la construcción, pero no el suelo, el cual es propiedad de un tercero. Por ello, surge la obligación de firmar un contrato de alquiler con el titular del suelo, para pagar una cuota anual. Una vez finalizado el término del alquiler –que suelen ser de 100 años-, el titular del suelo puede expulsar al comprador/inquilino o bien se llega a un acuerdo para alargar el período de alquiler.

La duda puede surgir en el entorno de los rendimientos del capital inmobiliario, en el supuesto de alquilar una vivienda tipo leasehold y querer calcular la amortización del inmueble: si puede considerarse que el valor de adquisición del contribuyente realmente equivale al valor de adquisición de la construcción. Para ello se acude al art. 14 RD 439/2007 (Rgto IRPF), que establece que el coeficiente de amortización se aplicará sobre el mayor de: el coste de adquisición satisfecho o el valor catastral, sin incluir en el cómputo el valor del suelo. Por tanto, en el supuesto planteado en el que el suelo de la edificación es propiedad de un tercero, el valor de adquisición total satisfecho por el contribuyente coincide con el valor de adquisición de la construcción, puesto que no incluye el suelo.

(DGT, de 10-04-2018, V0927/2018)