Un sistema fiscal del siglo XIX frente a un contribuyente del siglo XXI: el irrefrenable éxodo fiscal de los youtubers al Principado de Andorra

Desde finales de 2020 se viene discutiendo, sobre todo en la prensa, el fenómeno de la huida (fiscal) de youtubers al Principado de Andorra. El trabajo analiza de forma pormenorizada estos traslados de residencia desde el punto de vista de todas las reglas del sistema fiscal español potencialmente aplicables concluyendo que la arquitectura del modelo vigente impide, en la mayor parte de los casos, poner freno a estos traslados.

Palabras clave: youtubers; traslados de residencia; tributación internacional.

Andrés Báez Moreno
Profesor titular de Derecho Tributario. Universidad Carlos III de Madrid
Abogado

Sumario

1. Introducción
2. Para que el youtuber no se marche o para paliar los efectos de su huida

2.1. La regla de «cuarentena fiscal» y los traslados de residencia fiscal a Andorra. Un presente fácil y un futuro incierto

3. Para resolver los posibles conflictos de residencia del youtuber que se trasladó

3.1. ¿Sigue el youtuber siendo residente en España a pesar de su marcha a Andorra?
3.2. Los youtubers con doble residencia fiscal y los criterios de desempate del CDI España-Andorra

4. Para gravar al youtuber que es residente en Andorra

4.1. Monetización en Google AdSense, ingresos pasivos con marketing de afiliación y colaboraciones activas con marcas
4.2. Publicidad con presencia física en España y la cláusula Hugo Sánchez en el CDI entre España-Andorra

5. Epílogo

Referencias bibliográficas

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 466 (enero 2022)