Gipuzkoa modifica sus reglamentos de IS, ITP y AJD e ISD para adecuarlos a las medidas aprobadas por distintas normas forales

Modificación, reglamentos, ITP y AJD, ISD, IS. Imagen de varias piezas grises de un engranaje, una de ellas amarilla

Gipuzkoa modifica  el Reglamento del ITP y AJD, ISD e IS para adecuar el contenido del desarrollo reglamentario de determinadas normas forales a las modificaciones realizadas por la NF 3/2019 de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019 y por la NF 3/2021 por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2021.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 4 de octubre de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL 11/2021, de 29 de septiembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por el que se modifican los reglamentos del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y del impuesto sobre sociedades, introduce diversas modificaciones en el Reglamento del ITP y AJD, el Reglamento del ISD, y el Reglamento del IS, con la finalidad de adecuar el contenido del desarrollo reglamentario de determinadas normas forales a las modificaciones realizadas en sus disposiciones, en particular, por la NF 3/2019 de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019 y por la NF 3/2021 por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2021.

En el ámbito del ITP y AJD e ISD, se modifica el plazo de autoliquidación, en coherencia con la modificación del plazo de presentación de la autoliquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones cuando se trata de adquisiciones «mortis causa» y de adquisiciones del usufructo pendientes del fallecimiento de la persona usufructuaria.

En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, mediante esta modificación se considera entidad de nueva creación aquella que haya sido constituida dentro de los últimos siete años.