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EMISION DE FACTURAS DE UN AUTONOMO A PARTICULARES

Estimado colegas,

Voy a iniciar mi actividad profesional como recién titulado como profesional liberal; por tanto debo darme de alta como autónomo.

Me ha quedado claro que a lo que ponga en las facturas hay que añadirle el IVA, y restarle la retención del IRPF (15%, un 7% al principio) cuando la factura va a nombre de una empresa, la cual luego debe ingresar ese importe a hacienda en sus declaraciones.

Además debo realizar la declaración trimestral del IVA, y por supuesto mi declaración de beneficios.

Pero ahora vienen mis dudas, ¿Qué ocurre cuando se factura a un particular por haber realizado unos servicios profesionales? ¿Qué ocurre cuando se factura a una entidad no lucrativa o asociación, como va a ser principalmente mi caso? ¿Qué ocurre con la retención del IRPF, también se tiene que descontar del importe final para que ellos lo declaren luego? ¿Y con los particulares, como funciona lo de la retención?

Gracias, ...

En las facturas a particulares no se aplica retención ya que un particular no esta obligado a practicar retenciones. Por lo tanto cuando factures a un particular solo tienes que sumarle el IVA.

En el caso de facturas a entidades no lucrativas si tiene que llevar retención ya que dichas entidades están obligadas a retener e ingresar el importe de dichas retenciones.

la retencion del 7% es durante el primer año y los dos siguientes, osea 3 años?
esto es obligatorio u optativo?

gracias

NO TE OLVIDES DE LOS PAGOS A CUENTA SI TE RETIENEN MENOS DEL 70% DE TUS INGRESOS.
SI ES A PARTICULAR NO LLEVA RETENCION
SI ES A PERSONA JURIDICA SOCIEDAD O ASOCIACION SI LLEVA RETENCION

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