ATS: El incidente de aclaración o complemento de sentencia a instancia de parte, ¿puede conllevar la modificación de fundamentos de derecho y a la modificación del sentido del fallo?

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El TS debe determinar si el incidente de aclaración o complemento puede ser utilizado como cauce procesal para la modificación de la fundamentación jurídica y para alterar el sentido decisorio de una sentencia.

El Auto del Tribunal Supremo de 21 de enero de 2026, en el recurso n.º 3102/2024, considera necesario que el Tribunal determine si, al amparo del art. 267 LOPJ, un órgano jurisdiccional puede, al resolver un incidente de aclaración o complemento de sentencia tramitado a instancia de parte, proceder a la redacción de fundamentos de derecho y a la modificación del sentido del fallo, dejando sin efecto un pronunciamiento de estimación parcial previamente acordado y sustituyéndolo por una desestimación íntegra con imposición de costas, o si, por el contrario, dicha actuación excede el ámbito propio de la aclaración, rectificación, subsanación o complemento previsto en dicho precepto, en relación con los arts. 9.3 y 24 CE.

En particular, el debate queda acotado a precisar si el incidente de aclaración o complemento puede ser utilizado como cauce procesal para la modificación de la fundamentación jurídica y para alterar el sentido decisorio de una sentencia, dejando sin efecto una estimación parcial previamente acordada y sustituyéndola por una desestimación íntegra con imposición de costas.