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Publicado en el BOCG (Congreso de los Diputados) el texto del Convenio con Argentina sobre doble imposición y prevención de evasión fiscal

Publicado en el BOCG (Congreso de los Diputados) el texto del Convenio con Argentina sobre doble imposición y prevención de evasión fiscal

En el Boletín Oficial de las Cortes Generales de hoy, 29 de julio de 2013, se ha publicado el texto del Convenio entre el Reino de España y la República Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Buenos Aires el 11 de marzo de 2013. Como recordarán el anterior Convenio de 21 de julio de 1992 había dejado de tener efecto desde el 1 de enero de 2013, debido a la denuncia unilateral por parte de Argentina. En este nuevo Convenio se establece la aplicación retroactiva del mismo a la referida fecha.

Ver texto del Convenio

Aprobado el Proyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local

Aprobado el Proyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local
  • Se acaba con las competencias impropias de los Ayuntamientos, al regular por primera vez, y de forma precisa, sus competencias propias
  • Se potencia a las Diputaciones provinciales para la coordinación de la prestación de servicios mínimos obligatorios en los municipios de menos de veinte mil habitantes
  • Se incentivan las fusiones voluntarias, se aumentan las trabas para la escisión o creación de nuevos municipios y ya no habrá convenios entre Administraciones sin financiación
  • Los ayuntamientos deberán publicar el coste efectivo de sus servicios. Se reducen y ordenan sueldos, así como el personal eventual
  • La reforma prevé un escenario de ahorro de 8.024 millones de euros para el periodo 2013-2019

Remisión a las Cortes del protocolo con India sobre doble imposición y prevención de evasión fiscal

 Remisión a las Cortes del Protocolo con India sobre doble imposición y prevención de evasión fiscal

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo entre el Reino de España y la República de la India, que modifica el Convenio y el Protocolo entre el Reino de España y la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, ambos firmados en Nueva Delhi el 8 de febrero de 1993. El Consejo de Ministros autorizó el 7 de septiembre de 2012 la firma del Protocolo.

Remisión a las Cortes del acuerdo con Estados Unidos para luchar contra la evasión fiscal

 Remisión a las Cortes del acuerdo con Estados Unidos para luchar contra la evasión fiscal

  • Se basa en el modelo acordado conjuntamente entre España, Reino Unido, Alemania, Italia, Francia y Estados Unidos.
  • El objetivo es lograr un sistema multilateral de intercambio de información tributaria que potencie la lucha contra el fraude fiscal.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del acuerdo entre España y Estados Unidos para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la Foreign Account Tax Compliance Act, más conocida como FATCA (Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras). Además, se solicita su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

La amortización fiscal del fondo de comercio financiero para la adquisición de participaciones extranjeras nuevamente a examen

La amortización fiscal del fondo de comercio financiero para la adquisición de participaciones extranjeras nuevamente a examen

Como recordarán, dos Decisiones de la Comisión Europea de 28 de octubre de 2009 y de 12 de enero de 2011 concluyeron que el artículo 12.5 del Texto Refundido de la Ley del IS constituía ayuda ilegal e incompatible tanto en relación con las adquisiciones en el interior como en el exterior de la UE. De hecho, esta medida, la cual permite a las sociedades españolas amortizar el fondo recomercio financiero derivado de las adquisición de una participación de al menos un 5% en una sociedad extranjera, constituía una ventaja selectiva que no encuentra justificación en la lógica del sistema fiscal.

El TC declara constitucionales la tipificación y el régimen de sanciones previstos por la ley para las operaciones vinculadas

El TC declara constitucionales la tipificación y el régimen de sanciones previstos por la ley para las operaciones vinculadas

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo) del Tribunal Supremo contra el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades. El Supremo paralizó el procedimiento abierto a raíz de un recurso formulado por el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles al surgir entre los magistrados dudas respecto al encaje constitucional de los apartados 2 y 10 del artículo 16 del Real Decreto citado. En concreto, dudas acerca de la posible vulneración de los principios de legalidad sancionadora y de proporcionalidad que la Constitución establece en su artículo 25.1.

Los preceptos cuestionados establecen el régimen sancionador que, con el fin de luchar contra el fraude fiscal, diseñó el Gobierno para las llamadas “operaciones vinculadas”. Es decir, para aquellas transacciones que realizan sociedades o sujetos relacionados entre sí o sometidos de alguna forma al mismo poder de decisión. Puede suceder que estas entidades pacten los precios de sus operaciones y alteren de ese modo la tributación que les corresponde o incluso falseen la competencia. Tanto la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como la Unión Europea y el Gobierno han tratado de evitar que estas operaciones puedan utilizarse de modo fraudulento para encubrir una traslación de beneficios o pérdidas de unas sociedades a otras con el fin de eludir a Hacienda.

Proyecto de Real Decreto por el que se modifican los Reglamentos de IVA, de revisión en vía administrativa, de gestión e inspección tributaria y de facturación

Proyecto de Real Decreto por el que se modifican los Reglamentos de IVA, de revisión en vía administrativa, de gestión e inspección tributaria y de facturación.

El pasado 11 de julio de 2013, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, publicó el Proyecto de Real Decreto en el que la obligada adaptación del RD 1624/1992 (Rgto. IVA) a las modificaciones habidas en la Ley 37/1992 (Ley IVA), se produce entre otros en los siguientes supuestos:

  • La supresión de la exigencia legal de solicitud de autorización previa por la Administración Tributaria del requisito para la aplicación de determinadas exenciones.
  • La regulación de los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo, previstos en las letras e) y f) del art. 84.Uno.2º de la Ley 37/1992 (Ley IVA), que obliga a desarrollar normas relativas a su aplicación, como la regulación de las comunicaciones entre los empresarios y destinatarios intervinientes en las operaciones afectadas por la inversión del sujeto pasivo.
  • La regulación de la obligación de presentar dos declaraciones-liquidaciones, dividiendo el periodo normal de declaración en dos periodos según se trate de hechos imponibles anteriores o posteriores al auto de declaración de concurso que se efectúa en el art. 71 del Reglamento, de acuerdo con la previsión contenida en el art. 99.Cinco de la Ley 37/1992 (Ley IVA).

Solicitud y recogida inmediata por Internet de los certificados de Renta 2012 sin necesidad de disponer de certificado electrónico

Solicitud y recogida inmediata por Internet de los certificados de Renta 2012 sin necesidad de disponer de certificado electrónico

Desde el 10 de julio se encuentra disponible en la página web de la AEAT el servicio de solicitud y recogida inmediata por Internet de los certificados de Renta 2012.

 Para usar este servicio, pinche en el enlace de más abajo "Solicitud y recogida inmediata de certificados de Renta" y consigne el NIF del interesado y el valor de la casilla de la declaración correspondiente y/o un código de cuenta bancaria en la que figure como titular. La Agencia Tributaria le enviará, al número de móvil que usted indique, un SMS con un número que le permitirá obtener en el momento el certificado por Internet.

España y Uzbekistán firman un convenio para evitar la doble imposición y la evasión fiscal

España y Uzbekistán firman un convenio para evitar la doble imposición y la evasión fiscal

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, y el presidente del Comité Fiscal Estatal de Uzbekistán, Botir Parpiev, han firmado hoy en Madrid el convenio entre el Reino de España y la República de Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, así como el Protocolo que lo acompaña.

El convenio suscrito en su día con la URSS dejó de estar en vigor en relación con Uzbekistán desde el 21 de julio de 2010. Siendo Uzbekistán uno de los principales socios comerciales de la UE en la zona, el nuevo convenio servirá para impulsar las inversiones y las relaciones comerciales entre España y Uzbekistán en sectores como la construcción, el transporte y la energía. Asimismo, permitirá incrementar la seguridad jurídica de los operadores económicos de ambos países y garantizará la eliminación de posibles situaciones de doble imposición que se puedan generar y, en determinados supuestos, reducirá la carga fiscal soportada.

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