Todas las sociedades anónimas y limitadas dejarán de recibir notificaciones por correo. Deberán consultarlas por Internet
Enviado por Editorial el Jue, 03/11/2011 - 13:26
La Agencia Tributaria dejará de enviar por correo sus notificaciones. Lo que hará será ponerlas a disposición del contribuyente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en el portal notificaciones.060.es para que éste acceda por internet. Además, enviará un aviso informal al e-mail que el contribuyente desee comunicándole que tiene una notificación pendiente de leer.
El contribuyente (o su apoderado) debe acceder a dichas notificaciones. En caso de no hacerlo en el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considerará notificado.
¿A QUIÉN AFECTA ESTE CAMBIO?
Afecta a todas las SA y SL, pero no solamente a ellas. Concretamente, el cambio afectará a: