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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal General de la Unión Europea adaptan su actividad al coronavirus (COVID-19)

TJUE, TGUE, suspensión, plazos, coronavirus. Imagen del coronavirus Covid-19

Los plazos señalados en los procedimientos pendientes ante el TJUE se retrasan un mes y en ambos Tribunales (TJUE y TGUE) se suspenden las vistas orales fijadas hasta el 3 de abril de 2020

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal General de la Unión Europea han publicado en su página web una serie de mensajes informando la adaptación de sus métodos de trabajo ante la crisis sanitaria sin precedentes que estamos padeciendo actualmente.

En el caso del TJUE, su actividad judicial continúa, pero lógicamente se otorga prioridad a los asuntos que revisten especial urgencia (como los procedimientos de urgencia, los procedimientos acelerados y los procedimientos sobre medidas provisionales).

El Tribunal Constitucional suspende los plazos procesales y administrativos durante la vigencia del estado de alarma por coronavirus

Tribunal constitucional, suspensión, plazos, coronavirus. Imagen de la estatua de la señora justicia

Acuerdo de 16 de marzo de 2020 del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se suspenden los plazos procesales y administrativos mientras se prolongue el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020.

El Tribunal Constitucional, el 16 de marzo de 2020 publicó una nota informativa en su página web en la que se informa del Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional, de suspender plazos procesales y administrativos mientras se prolongue el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, que se ha fijado su duración inicialmente en quince días naturales, podrá ser ampliada o modificada, dando cuenta al Congreso de los Diputados.

Preguntas frecuentes sobre el Real Decreto-ley 8/2020 en el ámbito tributario

Preguntas frecuentes. Agencia tributaria

Se publica en la página web de la Agencia Tributaria un documento con preguntas frecuentes que pretenden aclarar las dudas derivadas de la aplicación en el ámbito tributario del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Aduanas: Nota informativa relativa al estado de alarma

Aduanas instrucciones. Trabajador vigilando muelle de carga

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 recoge una serie de medidas que se consideran imprescindibles para hacer frente a la situación y resultan proporcionadas a la extrema gravedad de la de la misma.

Comunicado urgente de la AEAT: Certificados electrónicos de próxima caducidad

Certifcados electrónicos de próxima caducidad. Dibujo de educación en línea a través de dispositivo digital

En relación con aquellos contribuyentes cuyo certificado electrónico esté caducado o próximo a caducar, se informa que la AEAT permite el uso de los certificados caducados en su SEDE de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Es posible que su navegador habitual no se lo permita en cuyo caso le recomendamos lo traslade al FireFox donde podrá seguir usándolo.

Alternativas para contactar con la Agencia Tributaria

Teléfono de Información Tributaria Básica. Teleoperadora en su puesto de trabajo

Si Vd. tiene dudas sobre el IVA, le recordamos que puede solucionarlas sin tener que desplazarse de su domicilio a través de:

  • Teléfono de Información Tributaria Básica.
    Teléfono: 901 335 533 (accesible también a través del 91 554 87 70)
    Horario: De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
  • Asistente Virtual de IVA. El usuario podrá obtener copia de la conversación mantenida mediante su envío a la dirección de correo electrónico que señale.
    Si esta herramienta de atención automática no puede solventar su duda podrá enviar su consulta a través de un formulario por correo electrónico y será respondida por especialistas.

Nuevas instrucciones provisionales para solicitar aplazamientos de obligaciones tributarias

Aplazamiento deudas. Agencia Tributaria

El Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, contempla una serie de medidas para la flexibilización de aplazamientos para pymes y autónomos.

Con carácter provisional, los contribuyentes que, en virtud del Real Decreto-ley, quieran acogerse a las medidas de flexibilización de aplazamientos incluidas en el mismo, deberán proceder de acuerdo con las siguientes instrucciones:

Cierre de Oficinas para atención presencial de la AEAT y del Ministerio de Hacienda

Cierre de oficinas de la AEAT. Imagen de un señor en la cristalera de una oficina

Las Oficinas de la AEAT estarán TEMPORALMENTE CERRADAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL debido al estado de alarma declarado mediante  RD 463/2020, cuya Disposición Adicional Tercera establece la SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS.

No se preocupe si tiene algún trámite pendiente.

La Agencia Tributaria es consciente de esta situación.

Además, se está tramitando una norma legal tributaria con la ampliación de los plazos para realizar trámites.

Si tiene cita pendiente, podrá obtener más adelante una nueva cita.

Instrucciones provisionales para solicitar aplazamientos de obligaciones tributarias

Aplazamiento de obligaciones tributarias. Imagen logo AEAT

El Real Decreto-ley 7/2020 de 12 de marzo contempla una serie de medidas para la flexibilización de aplazamientos para pymes y autónomos.

Con carácter provisional, los contribuyentes que, en virtud del Real Decreto-ley, quieran acogerse a las medidas de flexibilización de aplazamientos incluidas en el mismo, deberán proceder de acuerdo con las siguientes instrucciones:

    1. Presentar por los procedimientos habituales la autoliquidación en la que figuran las cantidades a ingresar que el contribuyente quiere aplazar, marcando, como con cualquier aplazamiento, la opción de “reconocimiento de deuda”.
    2. Acceder al trámite “Presentar solicitud”, dentro del apartado de aplazamientos de la sede electrónica de la AEAT, en el siguiente link: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/RB01.shtml
    3. Rellenar los campos de la solicitud.

Aviso importante AEAT: ampliación de los plazos en los procedimientos tributarios

Plazos ampliados. Agencia tributaria.

Los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo.

Su cita la podemos aplazar, le llamaremos para comunicarle la nueva fecha.

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