Novedades Legislativas

Aprobadas medidas en materia de fiscalidad energética (RDL 17/2021)

Fiscalidad energética. Imagen de una mano con un enchufe

Se prórroga hasta fin de año la suspensión del Impuesto sobre la Venta de la Producción de Energía Eléctrica y se reduce el tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad

En el BOE de 15 de septiembre de 2021 y en vigor al día siguiente, se ha publicado el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad (RDL 17/2021).

Gipuzkoa prevé el cobro anticipado de las deducciones en el IRPF, IS e IRNR para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI

Cobro anticipado de las deducciones en IRPF, IS e IRNR por el cumplimiento del sistema TicketBAI en Gipzuzkoa. Gráfico de flujo financiero

Se posibilita el anticipo líquido de las deducciones en el IRPF, IS e IRNR para facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la implantación de la obligación TicketBAI, y la transformación digital hacia el comercio electrónico al momento en que se realicen las inversiones y los gastos con cargo a los impuestos abonados en los 4 períodos impositivos inmediatos anteriores cuyo plazo de presentación haya finalizado con anterioridad a la presentación de la primera solicitud de anticipo, siendo aplicable, asimismo, a la parte de las deducciones incrementadas correspondientes a inversiones y gastos efectuados en el ejercicio 2020 que debieran ser aplicadas en la autoliquidación correspondiente al periodo impositivo 2021.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 8 de septiembre de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 5/2021, de 7 de septiembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por el que se establece un anticipo líquido de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI.

La NORMA FORAL 3/2020, de 6 de noviembre, por la que se establece la obligación de utilizar herramientas tecnológicas para evitar el fraude fiscal, implantó la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de las y los contribuyentes en los sistemas de facturación, que permitirá el control de la tributación de las personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas, denominada obligación TicketBAI, estableciendo incentivos fiscales de carácter temporal, en forma de deducciones en la cuota, en el IS, IRNR para los establecimientos permanentes y en el IRPF, aunque también entre las medidas adoptadas para activar la economía.

A fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la implantación de la obligación TicketBAI, y la transformación digital hacia el comercio electrónico, y dado que las y los contribuyentes que inviertan en los años 2021 y 2022 no podrían beneficiarse de las deducciones incrementadas hasta bien entrados los años 2022 y 2023, se prevé el anticipo líquido de dichas deducciones al momento en que se realicen las inversiones y los gastos con cargo a los impuestos abonados en los 4 períodos impositivos inmediatos anteriores cuyo plazo de presentación haya finalizado con anterioridad a la presentación de la primera solicitud de anticipo.

Nueva estructura del Ministerio de Hacienda

Nueva estructura hacienda. Imagen de un esquema de diagrama de flujo para automatización del trabajo

El Consejo de Ministros ha aprobado Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública. En dicha norma se da cabida a las nuevas competencias en materia de función pública después de que el pasado 12 de julio, la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, tomara posesión de las competencias en la citada área.

Alava modifica su reglamento del IVA para adaptarlo a la nueva regulación en el impuesto del comercio electrónico o ventas a distancia

Alava, modifica, reglamento, IVA, comercio electrónico, ventas a distancia. Imagen de portátil con icono de carrito de compra online superpuesto y en las manos de una mujer

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del 4 de agosto de 2021, se ha publicó el DECRETO FORAL 37/2021, de 3 de agosto, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, que aprobó el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, para adaptarlo a los cambios introducidos mediante el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 4/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 8 de junio, que aprueba la transposición de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo de 5 de diciembre, que modifica la Directiva 2006/112/CE y la Directiva 2009/132/CE en lo referente a determinadas obligaciones respecto del Impuesto sobre el Valor Añadido para las prestaciones de servicios y las ventas a distancia de bienes, y de la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre, que modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las disposiciones relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes, que traspuso la nueva normativa del IVA del comercio electrónico al ordenamiento tributario alavés.

Navarra modifica sus leyes forales del IVA y de Impuestos Especiales para su armonización tras los cambios introducidos por la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

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Navarra modifica sus leyes forales del IVA y de los Impuestos Especiales para adaptarlas a los cambios introducidos en la normativa estatal mediante la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

En el Boletín Oficial de Navarra del 6 de agosto de 2021, se ha publicó el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 4/2021, de 28 de julio, de la Comunidad Foral de Navarra, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales, y la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para adaptar dichas leyes forales a los cambios introducidos en la normativa estatal mediante la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Bizkaia, al igual que en el territorio común, reduce el IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz temporalmente

Bizkaia reduce el IVA de la electricidad y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz. Imagen de una bombilla sobre dinero en metálico

Bizkaia aprueba las medidas tributarias implantadas en el territorio común mediante el RDLey 12/2021 encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad: reducción al 10 % del tipo impositivo del IVA aplicable a la energía eléctrica y suspensión durante un período de 3 meses del IVPEE.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 28 de julio de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 6/2021, de 27 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, aprobadas en el territorio común mediante el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad.

En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 KW, una rebaja, desde el 21 al 10 por ciento en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 euros/MWh, con el objeto de reducir su importe.

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas tributarias urgentes de fomento de la implantación voluntaria de la obligación TicketBAI, para un mayor control de la tributación de personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas

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Gipuzkoa establece nuevas medidas tributarias para fomentar la implantación voluntaria de la obligación TicketBAI que conlleva la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes a través de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación, que permitirá el control de la tributación de las personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas y avanzar en la lucha contra el fraude fiscal

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 28 de julio de 2021, se ha publicado el Decreto Foral-Norma 4/2021, de 27 de julio, de medidas tributarias urgentes de fomento de la implantación voluntaria de la obligación TicketBAI.

La Norma Foral 3/2020, de 6 de noviembre, por la que se establece la obligación de utilizar herramientas tecnológicas para evitar el fraude fiscal, implantó, mediante la modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes a través de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación, que permitirá el control de la tributación de las personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas.

La obligación TicketBAI conlleva la utilización de un sistema informático que garantice la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios y para fomentar su implantación voluntaria se establecieron incentivos fiscales de carácter temporal en el IS, en el IRNR para los establecimientos permanentes y en el IRPF, en forma de deducción en la cuota de un 30 por 100, que se incrementó hasta el 60 por ciento, mediante el Decreto Foral-Norma 2/2021, de 23 de marzo, de medidas tributarias extraordinarias adicionales relacionadas con la COVID-19 y de apoyo a la reanudación y digitalización de la actividad económica, para aquellos contribuyentes que anticipen voluntariamente el cumplimiento de la obligación al 1 de noviembre de 2021 y además amplió el ámbito de aplicación de la deducción para la transformación digital del comercio minorista, con las mismas especialidades que la antes citada deducción incrementada, por el cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI con anterioridad al 1 de noviembre de 2021.

Navarra, al igual que en el territorio común, reduce el IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz temporalmente

Navarra reduce el IVA de la electricidad y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz. Imagen de una bombilla en un carro de la compra

En el territorio navarro se aprueban las medidas tributarias implantadas en el territorio común mediante el RDLey 12/2021 encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad: reducción al 10 % del tipo impositivo del IVA aplicable a la energía eléctrica y suspensión durante un período de 3 meses del IVPEE.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 27 de julio de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 3/2021, de 14 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se modifica el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica,  aprobadas en el territorio común mediante el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad, lo que supone además una amenaza en la agenda de “descarbonización” asumida por España y la Unión Europea al poner en peligro el proceso de electrificación de la economía como vía más eficiente y eficaz para reducir las emisiones asociadas a los usos energéticos, creando desconfianza creciente en el proceso de transición energética.

En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 KW, una rebaja, desde el 21 al 10 por ciento en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 euros/MWh, con el objeto de reducir su importe.

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