Banner Cursos CEF.- Tributación
destacado
 Está usted visualizando contenido desactualizado, puede consultar la Guía Fiscal actualizada AQUÍ

C) Principado de Asturias

La Ley del Principado de Asturias 4/2009, de 29 de diciembre, de Medidas Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2010, en su título II, recoge una serie de medidas tributarias. En primer lugar, se refiere a las deducciones sobre la cuota íntegra autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, procediendo, por un lado, a realizar una aclaración técnica en relación con la deducción vigente aplicable a familias monoparentales cuando se lleva a cabo una situación de convivencia con descendientes que no dan derecho a deducción y, por otra parte, como principal novedad, se crea una nueva deducción autonómica cuyo objeto es fomentar los acogimientos familiares de menores que no tengan carácter preadoptivo.

Así se añaden a las deducciones autonómicas una deducción para familias monoparentales: “Podrá aplicar una deducción de 300 euros sobre la cuota autonómica del impuesto todo contribuyente que tenga a su cargo descendientes, siempre que no conviva con cualquier otra persona ajena a los citados descendientes, salvo que se trate de ascendientes que generen el derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes”, con el cumplimiento de unos requisitos.

En segundo lugar se añade la deducción por acogimiento familiar de menores: “El contribuyente podrá deducir de la cuota íntegra autonómica la cantidad de 250 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar simple o permanente, con exclusión de aquellos que tengan finalidad preadoptiva, siempre que convivan con el menor 183 días durante el periodo impositivo. Si el tiempo de convivencia durante el periodo impositivo fuera superior a 90 e inferior a 183 días, el importe de la deducción por cada menor acogido será de 125 euros”.

Respecto a la fiscalidad propia, se actualizan los tipos de gravamen del canon de saneamiento regulado en la Ley del Principado de Asturias 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas, y se recoge un conjunto de modificaciones del texto refundido de las leyes de tasas y de precios públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio.