El Supremo fijará jurisprudencia sobre si es posible ampliar de facto la extensión de un procedimiento de inspección

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia en este auto consiste en esclarecer si es posible sostener, como sostiene la Sala de instancia, que el programa que motiva la selección de los obligados tributarios a inspeccionar y que figura en la orden de carga en el plan de inspección (actividades profesionales en el caso) predetermina la extensión de las actuaciones de comprobación e investigación en el procedimiento que se inicie acerca de esos obligados tributarios (de modo que en el caso sólo se podían extender a la actividad profesional y no a la actividad empresarial del inspeccionado), y que, por tanto, incurren en un vicio de nulidad insubsanable aquellas actuaciones que excedan esa extensión predeterminada, si esta última no se modifica expresamente en el desarrollo del procedimiento de inspección.

(Tribunal Supremo, 11 de junio de 2018, recurso n.º 2188/2018)