Álava modifica sus reglamentos en materia de obligaciones censales y de facturación, aprueba los coeficientes de actualización a aplicar en las transmisiones patrimoniales en el IRPF e IS que se efectúen en 2022 y las reglas del régimen simplificado de IVA para 2022, así como se publica la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022, al igual que han hecho el resto de los territorios forales del País Vasco.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava del 19 de enero de 2022 se publicaron el DECRETO FORAL 2/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero que aprueba la modificación del Decreto Foral 3/2011, de 25 de enero, que regula el Censo de los Contribuyentes y obligaciones censales y la del Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación; el DECRETO FORAL 3/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero por el que se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2022 y el DECRETO FORAL 4/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero que aprueba la regulación para el año 2022 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Junto a estos tres decretos forales encontramos la ORDEN FORAL 13/2022, de la Primera Teniente de Diputado General y Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 17 de enero, en la que se establece la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022 hasta el 31 de enero de 2022, en los mismos términos que han aprobado el resto de los de los territorios forales del País Vasco.