Nuevos modelos 780 y 781 del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras incluyendo la incorporación al Convenio Económico entre el Estado y Navarra de este impuesto

Nuevos modelos 780 y 781 del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras incluyendo la incorporación al Convenio Económico entre el Estado y Navarra de este impuesto. Imagen de unas tarjetas de crédito y unos muñecos encima de ellas

Se aprueban de nuevo el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» para incluir la previsión de la incorporación al Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra de este impuesto.

En el BOE de hoy, 9 de diciembre de 2025 se ha publicado la ORDEN HAC/1413/2025, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, debido a la incorporación al Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra de este impuesto.

Atendiendo a los criterios de exacción establecidos en el art. 27 ter del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, se procede en esta orden modificar los modelos de autoliquidación y pago fraccionado del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras que incluya su incorporación al citado convenio, de conformidad con la normativa aprobada. Estos modelos sustituirán a los aprobados por la Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo, con efectos para las declaraciones cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026, relativas al período impositivo 2025 y siguientes.

Recientemente, la LEY 4/2025, de 24 de julio, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, ha incorporado también al convenio el «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras» a través de su nuevo artículo 27 ter, que establece la normativa aplicable, la exacción y la inspección del impuesto , por lo que es necesario modificar la ORDEN HAC/532/2025, de 26 de mayo, que aprobó el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación , que ya incluyó la concertación del Impuesto con la Comunidad Autónoma del País Vasco.