Establecimiento del tipo del 0,1% en AJD para la adquisición y financiación de viviendas medias en la C. A. de Extremadura
Enviado por Editorial el Vie, 08/04/2016 - 09:28Con efectos del 1 de enero de 2016, la Ley 3/2016, de 7 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2016, publicada en el DOE de 8 de abril de 2016, establece en su disposición adicional primera un tipo de gravamen del 0,1% a las escrituras públicas que documenten las adquisiciones de inmuebles destinados a vivienda habitual del sujeto pasivo, así como la constitución de préstamos hipotecarios destinados a su financiación, siempre que concurran las siguientes circunstancias:




